Derecho Internacional y Autodeterminación de los Pueblos (XIV)
EUSKAL HERRIA Y EL REINO DE NABARRA, O EL PUEBLO VASCO Y SU ESTADO, FRENTE AL IMPERIALISMO FRANCO-ESPAÑOL XIV – Derecho Internacional y Autodeterminación de los Pueblos Iñaki Aginaga y Felipe Campo Los derechos internacionales, fundamentales e inherentes de independencia, libre disposición o autodeterminación de todos los Pueblos, y de su legítima defensa: parte esencial del Derecho Internacional, fueron formulados, votados, formalmente reconocidos – no constituidos – e inscritos en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por “Nosotros, los Pueblos de las Naciones Unidas”; una Organización creada por los Aliados victoriosos frente a los “Estados enemigos”. De la Carta se siguen las normas constantemente formuladas – y no aplicadas – por la ONU. Todo ello se desarrolló a partir 1945 por iniciativa de la URSS; sin olvidar que este Estado había sido expulsado de la Sociedad de Naciones , el 14 de Diciembre de 1939, a causa de su guerra de agresión contra Finlan...