“Bilingüismo” a la española

(Texto publicado inicialmnente el 12-Diciembre-2017.)

  

“Bilingüismo” a la española


I


Hay jueces que no tienen sentido del ridículo. O que desconocen su propia “Constitución”. O que se creen con derecho a incumplirla y a ofender a los justiciables: “Es que Vd. es un poco absurdo”, le ha dicho uno de ellos a un acusado que comparecía ante él. ¿Y esto por qué? Simplemente porque éste se ha negado a hablar en Español.

Pero los “ciudadanos”, según la “Constitución española”, tienen “el deber de saber Español y el derecho a hablarlo”. Es la fórmula que los “padres de la Constitución” española imaginaron que era la definitiva para asegurarse y garantizar la imposición del Español en cualquier rincón, y que ningún hispano-hablante pudiera ser “discriminado” en Cataluña, Galicia y País Vasco, aunque fuera el único hablante de Español de todo un pueblo o ciudad.

Bien, el Juez, ignorante de lo que su “Constitución” dice al respecto, al enterarse de que el acusado va a declarar en Catalán, lo toma a broma, y para tratar de forzar el ridículo de la situación le pregunta si quiere que le traduzcan sus preguntas. A lo cual el acusado: que en ese punto evidentemente conoce la “Constitución” mejor que el Juez, le responde que no. Es decir, el acusado sabe perfectamente que tiene la obligación “legal” de saber el Español, y que por tanto no puede negarse a entender al Juez cuando éste le habla en Español ni exigir traducción de sus palabras. El ofrecimiento del Juez a traducir sus palabras al Catalán implica o bien desconocimiento de lo que establece la “Constitución”, o bien un ofrecimiento malicioso, que el acusado ha rechazado sin titubear. Él en ningún momento ha pretendido que le hablen en Catalán.

Pero el Juez sí ha pretendido que el acusado le hable en Español, y – por alguna de las tres posibilidades enunciadas al principio – ha mostrado no entender ni admitir (excepto como una actitud ridícula de la que él se ha reído, permitiéndose calificar al acusado de ser “un poco absurdo”) que el acusado tiene perfecto derecho a hablar en Catalán, o en Euskera, o en Inglés, o en Alemán, o en lengua Lapona. No importa en absoluto que también pueda hablar en Español. Si no quiere, no está obligado a hablarlo, sólo está obligado a entenderlo. ¿Es esto demasiado complicado de entender para un Juez?


(Texto iniciamente publicado el 27-Febrero-2019.)

II

“Artículo 3.1 de la Constitución española”: “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.”

Sin embargo el Presidente del Tribunal Supremo, Sr. Marchena, le ha impuesto hoy al testigo (y “parlamentario” español) Sr. Tardá, que deseaba expresarse en Catalán, TAMBIÉN LA OBLIGACIÓN de usar el Español. Tras “preguntarle” el Sr Tardá al Presidente si tenía derecho a usar el Catalán (algo que no debería haberle preguntado ni sometido a su opinión), el Presidente le ha negado olímpicamente ese derecho y el “parlamentario” ha tragado... ¡Alucinante!

(Sobre este mismo tema, véase comentario en esta misma página de fecha 12 Diciembre 2017, en el que se narra la actitud digna de un Catalán que se negó a hablar en Español ante un Juez, en contraste con la actitud timorata del Sr. Tardá hoy. ¡Vergonzoso!)

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