Reformas “jurídicas” en el régimen imperialista y fascista español de ocupación militar sobre el Pueblo Vasco y su Estado

Reformas “jurídicas” en el régimen imperialista y fascista español de ocupación militar sobre el Pueblo Vasco y su Estado

 

Las tensiones que están produciéndose actualmente entre los sectores políticos que forman el bi-fronte Partido  Nacionalista Español PpsoE: integrado por el Partido del Movimiento español en versión tradicional Alianza popular-Pp, y por su versión transitiva y Nacional-socialista de Falange-PsoE (las dos caras de la misma moneda que es el régimen del Segundo Franquismo actualmente reinante), se han resuelto cómicamente por el acatamiento que “el parlamento soberano español donde reside la soberanía nacional” ha hecho del acto de filibusterismo impuesto por el “tribunal constitucional” español que vela por el “orden constitucional” establecido por el Primer Franquismo, el cual dejó todo “atado y bien atado”; en última instancia bajo la garantía del ejército español-Guardia Civil, que desde hace doscientos años es la clase política real en España desde la caída del régimen despótico-asiático español a impulsos de la “revolución” francesa.


(“Atado y bien atado”: del “discurso de fin de año” del General Franco, el 30 de Diciembre de 1969, difundido por la Radio Televisión española; cuyo Director General: Adolfo Suarez, supervisó personalmente dicha transmisión. El falangista Suarez fue precisamente – y obviamente no por casualidad – el primer “presidente” del Gobierno español de la llamada “transición española” a la “democracia” fascista del Segundo Franquismo, continuación intacta del Primero.)

 

Los Traidores que forman la pretendida “clase política vasca”, a saber: la burocracia mafiosa-liquidacionista Pnv-Eta y sus satélites, que desde el primer momento de la transición intra-totalitaria y hasta el día de hoy están reconociendo el Segundo Franquismo como democracia y a su Estado criminal como “el Estado” propio, legítimo y democrático, han venido falsificando esta realidad ante el Pueblo Vasco y presentando las disfunciones del régimen fascista como una deficiente “separación de poderes” que había que corregir. Según ellos, ese régimen es legítimo, democrático etc., y únicamente debía ser “reformado” para establecer una auténtica “separación de poderes” dentro del régimen imperialista de ocupación militar; lo cual implica la continuación perfeccionada del mismo régimen. Todo lo cual fue expuesto en nuestro artículo artículo Totalitarismo fascista y sentencias judiciales’, publicado en esta página el 14 de Octubre de 2019.


Cuando, una vez más, estas crisis ponen de manifiesto la realidad del régimen imperialista del Segundo Franquismo, dejando a estos grupos de Traidores en evidencia, su impotencia ante la realidad resulta tan patética como las “explicaciones” que dan de ella sus representantes: los Aitor Esteban, Mertxe Aizpurua y Arnaldo Otegi de turno, que “denuncian” los acontecimientos actuales como un “golpe de Estado”, ocultando que el régimen fascista español continúa intacto en el poder desde que dio el golpe de Estado en 1936. Un golpe que jamás ha sido desmontado ni nadie de entre sus protagonistas y herederos ha sido no ya condenado sino ni siquiera juzgado por él.


Dada la permanente campaña de distorsión y falsificación de la realidad que transmiten a nuestro Pueblo esos agentes indígenas “vascos”: el conglomerado burocrático y liquidacionista Pnv-Eta y sus satélites Ea-EH Bildu-Sortu-Geroa bai etc. (como los altavoces ideológicos y políticos del imperialismo fascista español que ellos son, comprados y pagados por él); y como un simple recordatorio de aquel artículo, volvemos a reproducir algunos párrafos señalados que centran la cuestión planteada frente a sus mercenarias mistificaciones:

 

[...] De este modo, el derecho positivo imperialista y todo su entramado de leyes: desde la “Constitución” formal hasta la última de sus leyes, consiste en afirmar como “legal” tanto la dominación sobre los Pueblos sojuzgados y sus Estados ocupados, así como la conculcación de sus derechos humanos fundamentales empezando por su derecho de autodeterminación o independencia. Todo esto se realiza mediante su monopolio de la criminal violencia – actual y virtual – sobre ellos; monopolio que es su constitución real y primaria y el que respalda en último término sus inicuas “leyes”.


La legalidad y la moralidad fascistas son conceptos y realidades irreconciliables con la legalidad y la moralidad democráticas, que corresponden a las instituciones, leyes y Estados que los Pueblos se han dado a sí mismos de forma libre. El imperialismo, allí donde puede implantarse, destruye éstas mediante agresión, guerra y crímenes imprescriptibles, e impone las suyas. Establecer una falsa distinción entre “la política” y “el derecho” imperialistas, como si se tratara de esferas o ámbitos distintos, es introducir una confusión nefasta para un movimiento de oposición democrática y liberación nacional: el derecho es especie y parte de la política; y ello tanto si ésta es democrática, como si es despótica.


La dicotomía – ampliamente sustentada y difundida por los agentes de la colaboración con el régimen imperialista – entre las ideas de “política” y las de “derecho”, y la “denuncia” oportunista que esos agentes hacen de las ideas y los objetivos “políticos” del Gobierno de turno: orientada a conseguir su substitución por los conceptos y fines de “derecho jurídico” (que ellos contraponen a los de “la política” y que es lo deseable según ellos), buscan producir el descrédito de “lo político”, y “consiguen” por tanto la correspondiente apología del derecho positivo imperialista español o francés y de su manifestación normativa en forma de “leyes y ‘Constitución’ formal o secundaria”; todo lo cual queda, según dicen, al margen de la política. Sin embargo, y como es evidente, si bien puede haber política sin derecho positivo (afortunadamente, puesto que de otro modo no sería posible una política de Resistencia Nacional anti-imperialista: “normalmente” ilegal bajo el “derecho” positivo imperialista pero aun así posible), en cambio nunca puede haber derecho sin política: el derecho no sólo es política – ya sea democrática o despótica – sino que es además política ejercida de forma monopolista. (Las alternativas al derecho son la anarquía – no en el sentido del anarquismo utópico – o la guerra.)


Como se indicó más arriba, el derecho es un orden político impuesto mediante el monopolio de la violencia: ya sea ésta lícita (de un orden político realmente democrático, fundado sobre los derechos humanos fundamentales y no meramente en “el respeto de la ley”, como afirman los agentes ideológicos – comprados o “ingenuos” – del imperialismo y el fascismo), o criminal (de un orden político imperialista y totalitario). Es la determinación de la condición y el comportamiento de los sujetos mediante el monopolio de la violencia. Todo intento de oponer el “derecho” imperialista a la política imperialista es un despropósito teórico, una ilusión reaccionaria de inmediatas y funestas consecuencias prácticas para los Pueblos sojuzgados.


“Una acepción auxiliar, equívoca y estrecha de la ‘política’ – difundida por la ideología imperialista a su servicio – la limita exclusivamente a la actuación de los órganos Ejecutivos; presenta el Legislativo y la Judicatura como ‘apolíticos’; y reduce la cuestión del imperialismo, el fascismo y la democracia a una simple cuestión de ‘separación estatal de poderes’. Sin embargo, una eventual ‘separación de poderes’ dentro del Estado imperialista no resuelve ninguna de esas cuestiones. La separación de poderes tiene por condición de nacimiento y vigencia la contradicción de fuerzas en las luchas sociales; y el imperialismo es lucha de clases a nivel internacional, y opresión y explotación de Pueblos y Estados bajo/por otros Pueblos y Estados.


“Por tanto, en un régimen imperialista, su ‘separación de poderes’ es en realidad el entramado funcional unitario del poder totalitario e imperialista. Bajo esas condiciones, los cuerpos Legislativos, Ejecutivos o Judiciales del régimen imperialista coinciden espontánea y plenamente sobre el tratamiento a aplicar a las fuerzas democráticas de los Pueblos ocupados; y a este respecto, las diferencias y contradicciones entre sus órganos internos son una fábula reaccionaria y una apología del régimen fascista de ocupación. Los jueces de un régimen imperialista no necesitan lecciones ni presiones de nadie para participar en la represión de la Libertad de los Pueblos y de los derechos humanos en general, que están siendo conculcados por el régimen imperialista al que ellos sirven. Todo intento de oponer, en el interior de un régimen imperialista, ‘el poder político al poder judicial’ es un dislate teórico y práctico que entraña funestas consecuencias.


“Cuando ‘la izquierda abertzale pone en duda la imparcialidad de los jueces’, y denuncia la ‘falta de base jurídica’ para la represión fascista; o cuando esas burocracias de pretendidos ‘moderados y radicales’ Pnv-Eta ‘denuncian las presiones políticas que el Gobierno ejerce sobre los jueces’: alterando así la supuesta inclinación de éstos a defender la justicia democrática internacional (que aquéllos dan por descontada y en la que los animan a perseverar), todos ellos están presentando los jueces españoles o franceses Nacionalistas y Fascistas en oposición al Poder Ejecutivo, y como celosos defensores de los derechos humanos en general y de la libertad de los Pueblos en especial; todo lo cual no puede estar más lejos de la verdad o embellecer más la realidad.


“Pero, bien al contrario, el poder imperialista es el poder imperialista, y seguiría siéndolo con ‘base jurídica’ o sin ella, con ‘separación interna de poderes’ o sin ella, y con jueces ‘independientes’ o sin ellos. La afirmación de la ‘separación interna de poderes’ del imperialismo, como supuesta garantía democrática, muestra la ‘incapacidad’ – real o de mala fe – de ‘los moderados y los radicales’ Pnv-Eta y sus satélites para comprender la política imperialista como una CUESTIÓN INTERNACIONAL, que consiste en la dominación y destrucción de Pueblos sojuzgados y de sus Estados a manos de otros Pueblos y sus Estados imperialistas agresores, y que por tanto no es reductible ‘a los intereses de una determinada ideología, al centralismo, al jacobinismo o a la falta de separación interna de poderes’ del Estado ocupante; a los cuales ellos no obstante se empeñan en reducirla.


 “Todo ello es el abandono de los conceptos, principios y criterios fundamentales de libertad nacional y democracia, substituidos por los supuestos INTERNOS y formales del régimen totalitario E IMPERIALISTA, tomado como democrático, dentro del cual siguen situando y entendiendo toda realidad política: incluido el derecho internacional de autodeterminación o independencia inherente a todos los Pueblos sojuzgados.”


Fue en 1710, tras perder las fuerzas de Ucrania la batalla de Poltava (en su intento por independizarse del Imperio ruso zarista), cuando Pylyp Órlyk: anticipándose en 38 años al “Espíritu de las Leyes” de Montesquieu y en 77 a la “Constitución de los USA”, estableció en su Constitución para Ucrania (“Pactos y Constituciones de Derechos y Libertades del Ejército Zapórogo”, llamada a veces “Constitución de Bender” por la ciudad donde se proclamó) la separación de poderes entre los cuerpos Legislativo, Ejecutivo y Judicial por vez primera. Y en su mismo Preámbulo: tras exponer los esfuerzos del poder zarista “para limitar y anular por todos los medios disponibles los derechos y libertades” de su Pueblo, y justificar por tanto su política de oposición a la Rusia Imperial y Ortodoxa – y de alianza con Carlos XII de Suecia, seguida por Iván Mazepa y él mismo – “como lógica e inevitable, impuesta por la necesidad de liberar la patria”, este autor establece de entrada como objetivo prioritario de la Constitución la independencia del nuevo Estado, establecida naturalmente frente a Rusia. Había comprendido bien que, entonces y siempre, son la política internacional, el derecho internacional, y la separación internacional de poderes, los que constituyen la única garantía política y jurídica que un Pueblo sojuzgado puede oponer contra el imperialismo.


En cambio, sumidos en su desvarío, los dirigentes indígenas “vascos” Pnv-Eta y sus satélites, agentes auxiliares locales del imperialismo franco-español e incansables defensores del gran cambiazo o estafa contra la Nación Vasca (a saber: la negación y el abandono del derecho internacional de autodeterminación o independencia del Pueblo Vasco, y su substitución por una falsa “autonomía” otorgada como una región española más, y por una ilusoria “separación interna de poderes” dentro del régimen imperialista franco-español de ocupación militar que ellos han aceptado como legítimo, democrático y el suyo propio); tales agentes, decimos, “protestan” – simultánea o sucesivamente – contra los “malos” poderes ejecutivos que se imponen a los buenos legisladores y a los buenos jueces; si es que no son los malos jueces quienes se imponen a los buenos legisladores y los buenos gobiernos, o los malos legisladores quienes mantienen prisioneros a los buenos gobiernos y los buenos jueces.


Tales dirigentes “vascos” auxiliares del imperialismo ocultan así la realidad de la UNIDAD DE PODER que constituye el Estado imperialista-totalitario, cuyos agentes legislativos, ejecutivos, administrativos y judiciales gozan: individual y colectivamente, de toda la motivación y de toda la carga xenófoba que se puede pedir o esperar de ellos. No necesitan esos agentes imposiciones de nadie para perseguir – conjunta o separadamente – todo lo que se parezca a una oposición democrática y todo lo que represente o recuerde a los Pueblos que los españoles y los franceses mantienen sojuzgados: que es lo que han hecho siempre en todos los años y todos los siglos de conquista, dominación y represión que integran hasta hoy mismo su infame historia, de la que tan orgullosos se sienten.


Es una constatación constantemente verificada el hecho de que, en comparación con los responsables usualmente calificados como “políticos”, los órganos y miembros “apolíticos” del Estado moderno: hasta el último funcionario civil o militar, son generalmente más – y no menos – adictos de decisiones y medidas “administrativas” represivas, simplistas, radicales, intransigentes y extremas.


Epílogo: No es posible hacer frente al imperialismo si los conceptos fundamentales teóricos, ideológicos y políticos de una oposición democrática: que ha de estar forzosamente basada en la defensa de los derechos humanos fundamentales y ante todo del derecho de autodeterminación o independencia de los Pueblos sojuzgados, y de independencia e integridad de sus Estados legítimamente constituidos sobre la Autodeterminación o Independencia originaria de los Pueblos, están siendo constantemente falsificados, distorsionados o ignorados. La actual “clase política oficial vasca y catalana” está formada, en el mejor de los casos, por ignorantes e incompetentes absolutos en todas estas cuestiones fundamentales. Lo peor es que, además, son corruptos: económica, ideológica y simbióticamente integrados con el régimen de ocupación al que, suceda lo que suceda, no se cansan de confortar y reconocer como “democrático”, y de hecho dentro de pocos días esa mafia liquidacionista Pnv-Eta va a llevar al Pueblo Vasco, una vez más, a reconocer el repugnante régimen fascista español como democrático en otras “decisivas elecciones generales”. Otro tanto le va a suceder, mutatis mutandis, al Pueblo Catalán. Sin deshacerse de esa camarilla de sinvergüenzas y/o incompetentes no es posible una política de liberación nacional.


Ante esta situación de emergencia, es absolutamente necesario lograr la unidad estratégica de todas las fuerzas de oposición democrática frente al imperialismo, la cual únicamente puede realizarse en función también estratégica, es decir: en torno a un objetivo o fin estratégico y fundamental (no parcial o secundario) que haga posible la acumulación de todas esas fuerzas democráticas, unánimes en su aceptación; mientras que su rechazo sólo pueda hacerse por los sectores comprometidos con el mantenimiento de las posiciones del imperialismo, lo cual los dejará fatalmente en evidencia. Y el único fin estratégico que los Pueblos sojuzgados tienen ante sí: el único que puede concitar la reunión de todas sus fuerzas de oposición democrática, es la liquidación del régimen imperialista de ocupación militar y la restauración de su Estado propio: el Reino de Nabarra para el Pueblo Vasco; el cual nos proporciona una palanca decisiva, en el contexto del derecho internacional de los Pueblos declarado por la ONU, para el objetivo de garantizar nuestra pervivencia nacional como un actor más de la escena internacional, en pie de igualdad con todos los Pueblos del Mundo.


Hasta conseguir la liberación nacional y la restauración estatal, en un País sojuzgado bajo un régimen Nacional-imperialista y fascista de ocupación militar sólo caben dos Partidos reales, a saber: el de la integración al poder dominante, por un lado, que se apoya en las fuerzas de ocupación y se camufla como “democrático” tras una fachada falsa que oculta la auténtica realidad imperialista; y el de la Resistencia, por otro, cuyo objetivo es y sólo puede ser conseguir la expulsión de las fuerzas de ocupación: un elemento básico para recuperar la libertad nacional. Otra cosa será cuando la independencia nacional sea ya efectiva y haya una situación de real libertad, en cuyo momento podrán manifestarse diversas opciones políticas; pero hasta ese momento, toda división interna del Pueblo sojuzgado lleva y sólo puede llevar a su debilitamiento y por tanto a perpetuar la dominación del imperialismo sobre él. Es pues evidente que la labor de los agentes de la burocracia liquidacionista Pnv-Eta, que – aparte de instaurar el extravío ideológico-estratégico entre el Pueblo Vasco – consiste también en potenciar la división partidaria interna en el momento presente, lo que hace es arruinar necesariamente nuestro mencionado objetivo fundamental de Autodeterminación o Independencia del Pueblo Vasco; un objetivo que esas burocracias lo han abandonado y substituido por “la contienda electoral, las urnas y el voto” en el seno del Estado ocupante que reconocen como propio, no-violento, legítimo y democrático; a todo lo cual ellos llaman “democracia vasca”.


Por tanto, frente a ese funesto divisionismo interno, la unidad estratégica de las fuerzas populares de oposición democrática exige aglutinarse en un Movimiento Vasco de Resistencia y Salvación Nacional: integrado por todos los sectores de esa oposición democrática, los cuales podrán mantener su propia personalidad pero compartiendo y defendiendo todos ellos en esta etapa histórica, como una sola alma, uno único principio fundamental. Sólo hay un principio – de doble afirmación nacional-estatal – cuyo mantenimiento condiciona y permite la unidad estratégica de las fuerzas populares para la constitución de ese Movimiento Vasco de Resistencia y Salvación Nacional; unas afirmaciones complementarios y absolutamente indisociables que incorporan en nuestro favor toda la potencialidad democrática y estratégica del Derecho Internacional, y que son y sólo pueden ser éstas:


1/ Afirmación del derecho de libertad, LIBRE disposición, independencia nacional o autodeterminación del Pueblo Vasco/Euskal Herria.

“Piedra angular de la democracia”, el derecho internacional de autodeterminación o independencia de todos los Pueblos es un derecho que es originario, fundamental, inherente, de costumbre, inmediato, incondicional, continuo, permanente, inalienable, irrenunciable e imprescriptible para todos los Pueblos sojuzgados bajo un régimen imperialista y extranjero; que es la misma cosa que la incondicional e inmediata independencia de éstos contra/frente a toda dominación o intromisión extranjera contraria a su libertad nacional; y que ha sido reconocido – no constituido – por el Derecho Internacional contemporáneo de las Naciones Unidas: desde el Artículo Primero de su fundacional Carta de San Francisco así como por numerosas y relevantes Resoluciones de su Asamblea General, como EL PRIMERO DE LOS DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES Y LA CONDICIÓN PREVIA PARA EL PLENO DISFRUTE DE TODOS ELLOS.

Su corolario y aplicación práctica consiste, como requisito ineludible para su realización, en la EXIGENCIA DE EVACUACIÓN INCONDICIONAL E INMEDIATA de todas las fuerzas de ocupación y de todo el aparato de sojuzgamiento imperial-colonialista de las Potencias ocupantes: España y Francia, FUERA de los Territorios históricos del Pueblo Vasco y de su Estado. Y


2/ Afirmación de la continuidad, vigencia y actualidad de nuestro Estado propio: el Reino de Nabarra, sucesor del Reino de Pamplona – “el Reino de los Vascos” – constituido por una Confederación de Repúblicas, Condados y Señoríos Vascónicos histórica y libremente reunida en torno a él. Internacionalmente reconocido durante mil años, el Reino de Nabarra sigue siendo el único Estado de la Nación Vasca, al que jamás ha renunciado ni ha admitido ni reconocido nunca ningún otro.

Su necesaria consecuencia implica EL NO-RECONOCIMIENTO Y LA DENUNCIA constantes e incesantes de los Estados ocupantes: el “Reino de España” y la “República francesa”, y de sus regímenes totalitarios de ocupación militar, como criminales, imperialistas, colonialistas y fascistas, y no como los propios, no-Nacionalistas, no-violentos, legítimos y democráticos, según está haciendo hasta el día de hoy la pretendida “clase política oficial vasca” formada por la burocracia liquidacionista Pnv-Eta y sus satélites.


Simultáneamente, mientras el imperialismo franco-español no retira de nuestro País sus fuerzas de ocupación (dado que ellas CONSTITUYEN el elemento esencial y fundamental de su dispositivo estratégico de dominación, sin el cual todo su sistema se desploma), y puesto que no es posible hacer una política anti-imperialista con el concurso de los imperialistas y fascistas, es decir: los agentes quinta-columnistas al servicio de ese imperialismo infiltrados entre el sojuzgado Pueblo Vasco (quienes, mientras se niegan a asumir públicamente el principio que afirma los derechos nacionales y estatales del Pueblo Vasco y de su Estado, el Reino de Nabarra, afirman por el contrario su propio “derecho de imperialismo y de ocupación militar” sobre nuestro Pueblo y Estado), el corolario y la aplicación práctica de ese doble principio implica mantener un BOYCOTT TOTAL:


– a toda colaboración con toda persona individual o colectiva que, por rechazar – o negarse a asumir públicamente – ya sea en todo o en parte, en la teoría o en la práctica una o ambas afirmaciones fundamentales citadas, forman objetivamente – algunos incluso de forma subjetiva y confesa – parte del imperialismo franco-español; y


– a toda participación tanto en las instituciones del régimen colonialista y fascista franco-español de ocupación militar, y especialmente en sus monopolios jurídicos o “parlamentos” imperialistas: Cortes Generales españolas y Parlamento francés (establecidos a lo largo de los siglos mediante su constitución real y primaria: el Monopolio de la Violencia criminal y el Terror de guerra y de Estado, e imprescriptibles crímenes constitutivos contra el Pueblo Vasco y su Estado); así como en sus “elecciones generales” totalitarias que “legitiman” todo ello.


DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN O INDEPENDENCIA NACIONAL INCONDICIONAL E INMEDIATA DEL PUEBLO VASCO / EUSKAL HERRIA!


REINO DE NABARRA: EL ESTADO DEL PUEBLO VASCO / EUSKAL HERRIA!


¡Ejército de ocupación ni con música!
¡España ni con república! ¡Francia ni con monarquía!


¡BOYCOTT TOTAL A LOS IMPERIALISTAS Y FASCISTAS, Y A SU RÉGIMEN FRANCO-ESPAÑOL DE OCUPACIÓN MILITAR! – ALDE HEMENDIK!


¡¡¡VIVA EL PUEBLO VASCO LIBRE!!! – GORA EUSKAL HERRI ASKEA!!!

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