Fundamentación ideológica actual del Estado imperialista: “democracia, ‘Constitución’ y Estado de derecho” (XXIII)


EUSKAL HERRIA Y EL REINO DE NABARRA, O EL PUEBLO VASCO Y SU ESTADO, FRENTE AL IMPERIALISMO FRANCO-ESPAÑOL



XXIII – Fundamentación ideológica actual del Estado imperialista: “democracia, ‘Constitución’ y Estado de derecho”

 

Iñaki Aginaga y Felipe Campo


Incapaz de elucidar “el gran misterio del derecho” positivo y el Estado como lo que son, a saber: un orden social de violencia monopolista (ya sea ésta legítima o criminal), la ideología del orden social o régimen jacobino, imperialista y totalitario franco-español se prevale ahora de los temas tradicionalmente considerados “de izquierda”, al objeto de camuflar mediante ellos su autentica naturaleza frente a los Pueblos a los que está sojuzgando bajo su ocupación militar. En consecuencia, y para justificar su propio régimen imperialista, se remite a un “orden democrático” que estaría pretendidamente fundado de forma originaria en “las elecciones libres, la Constitución, el voto de los ciudadanos, el sufragio universal, la voluntad de la mayoría, las reglas del juego” etc. Pero, como es evidente, semejante “cosa” está fundada en el absurdo y no ha existido nunca ni existirá jamás: ni aquí ni en ninguna parte, si no es como recurso ideológico para ocultar tras una petición de principio la base real del régimen político imperialista.

La petición de principio es un viejo truco ideológico que ha dado siempre excelentes resultados contra los grupos humanos políticamente incapacitados e ideológica y culturalmente arruinados; sin embargo, la pretendida realidad que corresponde a las super-hipostáticas mayoritarias y minoritarias criaturas sociológicas creadas por ese sofisma es lógicamente nula. Efectivamente, el sufragio pretendidamente “universal” es una técnica derivada, secundaria y tardía de un régimen político ya constituido con anterioridad, y por tanto de ningún modo puede fundar ni legitimar a ese régimen excepto de una forma retro-activada y lógicamente absurda.

Nadie que esté en su sano juicio puede creer que el poder político: tanto el imperialista establecido sobre nuestro País como cualquier otro, se funda en la voluntad de la mayoría (o de la minoría), o que surge del sufragio “universal” (o censitario). Decía un ilustre fraile que “ni siquiera Dios puede hacer un triángulo que no tenga tres lados.” Dios no puede hacer que dos y dos sumen cinco, y – del mismo modo – ni Dios puede hacer un régimen político originariamente fundado en el voto y las elecciones, puesto que votos y elecciones suponen ya un Estado y un régimen político PREVIOS, anteriores a esos “votos y elecciones”. Lo que es absurdo en pura lógica formal no puede ni podrá tener existencia; lo cual nos evita toda investigación sociológica al respecto. Sin embargo, este truco sirve eficazmente a la confusión mental que el imperialismo y el fascismo necesitan para mantener su dominación.

Una vez más: la violencia, los Estados, los ejércitos, la expoliación y la represión existen ya ANTES de las “elecciones” etc. No son las “elecciones” etc. las que fundan el poder político, ya sea democrático o no; es el poder político – sea de la naturaleza que sea – el que funda, produce, determina, condiciona, regula y decide las “elecciones” etc., y no puede ser de otra manera. En cuanto al auténtico poder político democrático y sus instituciones, son la libertad y los derechos humanos fundamentales los que preceden y constituyen las instituciones y decisiones democráticas, las cuales no existen sino en virtud de esos derechos y libertad.

Los ideólogos del imperialismo y el fascismo invocan “las normas morales y jurídicas, la Constitución y el Estado de derecho”, los cuales han sido establecidos por ese régimen imperialista y fascista mediante los crímenes de su ilícita agresión contra los Pueblos sojuzgados. Ocultan por tanto que esas normas de las que hablan son criminales e ilegítimas; y que las han hecho ellos – para que las suframos los demás – negando y destruyendo previamente para ello las legítimas normas, Constituciones e Instituciones, y los Estados y el derecho precedentes, es decir: los propios de los Pueblos y Estados que el imperialismo ha ocupado y colonizado mediante la Violencia criminal, la Guerra de agresión y el Terrorismo. Así es como ellos han adquirido y conservado el poder que les permite juzgar del bien y del mal, e imponer a los demás “las normas morales y jurídicas” que les convienen, y lo que llaman “el imperio de la ley”, o sea: “las leies quel vencedor [im]pone al vencido”. (Antonio de Nebrija.)

“La forma de expresión según la cual no gobiernan los humanos sino las normas y leyes” es una equívoca manera de solventar los problemas. “Una norma nunca se establece por sí misma (éste es un modo fantástico de hablar) [...] como caída del cielo.” No son las leyes las que mandan sino quienes las fabrican e imponen: los humanos hacen la ley. No son la ley y el derecho positivo los que rigen la política: es la política hecha por los humanos la que, mediante la violencia y la guerra, establece el derecho positivo y su norma jurídica.

Éstos: el derecho positivo y su objetivación normativa en forma de leyesson meros reflejos de un determinado orden político, es decir: de un orden social de violencia monopolista, según ha quedado expuesto en el precedente Capítulo IX  Imperialismo, fascismo e ideología. Como es evidente, esta violencia puede ser legítima, cuando es ejercida en defensa de los derechos humanos fundamentales; en cuyo caso estamos ante un derecho y un orden político legítimos y democráticos. O, en caso contrario, será criminal, cuando es ejercida en violación tanto de los derechos humanos fundamentales y ante todo de la Autodeterminación o Independencia de los Pueblos, así como de la independencia e integridad de sus Estados legítimamente constituidos sobre el respeto a la Libertad o Autodeterminación de los Pueblos; en cuyo caso estamos ante un derecho y un orden político ilegítimos, criminales, imperialistas y fascistas, como lo son el español y el francés: militar y criminalmente impuestos sobre el Pueblo Vasco y su Estado, el Reino de Nabarra.

No es la ley la que funda el poder político y el Estado; es el poder político del Estado: impuesto por las Clases-Pueblos dominantes y por sus instrumentos político-militares mediante la violencia, el que funda la ley y su orden político positivo al que llama “derecho”: el “Estado de derecho” que, justificado a posteriori por una ideología a su servicio, determina el comportamiento de quienes le están sujetos. No hay más normas jurídicas que las constituidas por la violencia; y bajo un régimen imperialista, es la política de los dominadores la que mediante guerra de agresión y violencia criminales hace el derecho (“might is right”), la norma jurídica, y su ideología. No son las “elecciones” ni el “pacto constitucional” etc. el origen y fundamento de un régimen de dominación y colonización, como lo es el régimen franco-español que sojuzga el Pueblo Vasco y su Estado, sino la Violencia criminal, la guerra de agresión, la ocupación militar permanente, la anexión y el Terror de guerra y de Estado mantenidos durante siglos.

La propaganda imperialista y fascista invoca sin descanso el “Estado de derecho”, hasta el punto de que esta socorrida y equívoca doctrina de “justificación” y mistificación política acompaña o desplaza a cualquier otra en los discursos oficiales. De este modo, el objetivo real del concepto fascista de “Estado de derecho” es esconder el verdadero fundamento de su poder político. En definitiva, el origen y la naturaleza de ese “Estado de derecho”: cuyas normas cardinales y ordinales – según pretenden sus ideólogos activos y conceptivos – preceden, informan, conforman y legitiman el “Estado democrático”, se remiten, significativamente, a la doctrina de justificación más socorrida, diversa, versátil, equívoca, problemática, controvertida, comprometida y super-ideológica de los tiempos modernos.

“Esta tesis llena una función ideológica de una importancia extraordinaria tal, que resulta imposible de sobre-estimar.” “En la medida misma en que una legitimación metafísico-religiosa pierde su eficacia, esta teoría del ‘Estado de derecho’ deviene necesariamente la sola justificación posible del Estado.” “No se propone tanto captar la esencia del Estado como, en mucho mayor grado, reforzar su autoridad.” Por tanto su crítica: “esta disolución del dualismo Estado-Derecho, basada sobre un análisis de crítica metodológica, significa al mismo tiempo la aniquilación radical y absoluta de una de las más eficaces ideologías de legitimidad”.

En realidad, según la versión elegida por los “expertos”, el “Estado de derecho” puede adaptarse a todo Estado o a ninguno, justificarlo todo o no justificar nada en absoluto; y se resuelve en el puro pleonasmo (reversible), en la petición de principio y el círculo vicioso, o bien se integra – abierta o arteramente – en cualquier variante de fundamentalismo metafísico. El imperialismo y el fascismo ofrecen, en todo caso, las mejores condiciones de utilidad, necesidad y posibilidad para la explotación a gran escala de este constructo ideológico. Él presenta, en efecto, la ventaja considerable de que las poblaciones a quienes esa “justificación” va dirigida no tienen la menor idea – ni justa ni equivocada – de lo que tan abstrusas e impresionantes palabras pueden significar. Lo que, sin más, evita reticencias eventuales e interrogantes malsanos sobre ello; y no hace sino aumentar la perpleja, estupefacta y reverente admiración de las masas hacia los dirigentes que las manejan a todas horas – las palabras y las masas – sin esfuerzo aparente.

En su definición oficial: tristemente vigente en el nuevo orden hegemónico, “el imperio de la ley-Estado de derecho” no es un principio constituyente sino constituido, formalista y administrativista. Pero un principio formal no puede justificar ni legitimar ni fundar nada. “La ley que nos hemos dado entre todos” es, en realidad, la ley que han impuesto ellos – Españoles y Franceses – para que la suframos los demás, o sea el Pueblo Vasco. El Estado de derecho imperialista y fascista no es un factor constituyente sino constituido por el propio imperialismo.

Bajo un régimen imperialista y fascista de ocupación militar, los monopolios de propaganda: inseparables de la política efectiva de Violencia criminal y Opresión propia de los monopolios de Violencia, tratan al mismo tiempo de ocultar la realidad y de prevenir, culpabilizar y condenar toda Resistencia, haciendo creer a los Pueblos sojuzgados que la Violencia de la política real no existe, o que sirve valores de justicia, paz, amor y buenos sentimientos que transcienden la propia violencia. Sin embargo, sin una Resistencia estratégica contra el imperialismo fascista la oposición democrática y los derechos humanos desaparecen; pues legalidad fascista, por un lado, y oposición democrática y derechos humanos, por otro, son términos contradictorios. Mientras tanto, la Resistencia – de hecho o incluso de palabra – afronta la Represión, la Violencia y el Terror monopolistas del Estado, que roba, excluye, persigue, amordaza, encarcela, tortura y mata a quienes se atreven a resistir a sus dictados.

Los monopolios de propaganda repiten sin cesar que todo ello se hace “dentro de la Constitución, de la más estricta legalidad y el Estado de derecho”; pero la petición de principio trata de ocultar que la Constitución, la ley, el Derecho y el Estado de que hablan son los que han fabricado ellos por medio de guerra de agresión y crimen organizado y continuado: en nuestro caso contra los derechos humanos fundamentales del Pueblo Vasco y contra su propio Estado, el Reino de Nabarra.

Una vez constituido, todo Estado decreta a posteriori sus propias leyes que lo legitiman de forma retro-activa y en petición de principio, y por tanto todo Estado es un “Estado de derecho”, con sus propias leyes y jueces que las aplican: desde el Estado Fascista y Nacional-socialista hasta el Estado Soviético, auto-protegido – como todos – por su propio Código Penal y muy particularmente por su Artículo 58:

“¿Quién de entre nosotros no ha experimentado su abrazo omnipresente? En verdad no hay paso, pensamiento, acción o falta de acción bajo los cielos que no puedan ser castigados por la pesada mano del Artículo 58.” (A. Solzhenitsyn.)


toda “Constitución” está ella misma constituida: la constitución real y primaria funda la “Constitución” formal y secundaria. El objetivo real del concepto totalitario de “Estado de derecho-imperio de la ley-Constitución” es esconder el verdadero fundamento de su derecho y de su poder político, fundados en Violencia criminal.

Lo que la propaganda imperialista y fascista llama “Estado democrático de derecho” es, en realidad, el régimen político fundado por guerra de agresión, ocupación militar permanente, Terrorismo, y conculcación del Derecho Internacional y de todos los derechos humanos fundamentales. El “imperio de la ley” que proclaman es en realidad la Ley de su Imperio; es “la ley” que han hecho e impuesto previamente ellos mediante la Violencia criminal. Para los ideólogos del fascismo en el poder, la política, los derechos y la democracia empiezan y acaban cuando quieren ellos, sobre las bases y según las reglas y leyes por ellos establecidas mediante guerra de agresión, ocupación militar y Terror.

Fundar la libertad o los derechos humanos en el “Estado de derecho”, el sufragio universal o la no-violencia no es sólo una ficción totalitaria; es también un absurdo formal que cobra sentido como arma ideológica de la propaganda imperialista y fascista. Estos recursos y otros parecidos: que los ideólogos del imperialismo fabrican a su conveniencia (y que afirman o niegan caso por caso según les va), confirman la incapacidad de la ideología dominante para dar fundamento teórico racional y democráticamente homologable/presentable a su criminal poder político establecido. Lo único que esos ideólogos pueden hacer es esconder la realidad social e histórica de Violencia y Opresión que corresponde a ese poder, bajo la sombra difundida por los monopolios de violencia y propaganda, y mediante el terror político e ideológico, el régimen penal, el lavado de cerebro, la intoxicación ideológica de masas, la censura y la auto-censura, y la ausencia de información y crítica; todo ello junto con la inestimable colaboración y complicidad de los Renegados y los Traidores indígenas de la burocracia Pnv-Eta y sus satélites, que refuerzan al régimen fascista franco-español llamando a todo eso “democracia”.

La dicotomía – ampliamente sustentada y difundida por los agentes del colaboracionismo indígena con el régimen imperialista – entre las ideas de “política” y las de “derecho”, y la “denuncia” oportunista que esos agentes hacen de las ideas y los objetivos “políticos” del Gobierno de turno: orientada a conseguir su substitución por los conceptos y fines de lo que ellos llaman “derecho jurídico” (y que para esos agentes es lo deseable), buscan producir el descrédito de “lo político” y “consiguen” por tanto la correspondiente apología del derecho positivo imperialista español o francés y de su manifestación normativa en forma de “leyes y ‘Constitución’ formal o secundaria”; todo lo cual queda, según dicen, al margen de la política. Sin embargo, y como es evidente, si bien puede haber política sin derecho positivo (afortunadamente para nosotros, puesto que de otro modo no nos sería posible realizar una Resistencia Nacional anti-imperialista: “normalmente” ilegal bajo el “derecho” imperialista pero aun así posible), en cambio nunca puede haber derecho sin política. El derecho no sólo es política – ya sea democrática o despótica – sino que es además política ejercida de forma monopolista. (Las alternativas al derecho son la anarquía – no en el sentido del anarquismo utópico – o la guerra.)

Como se ha indicado más arriba, el derecho es un orden político impuesto mediante el monopolio de la violencia, ya sea ésta lícita (la de un orden político realmente democráticofundado sobre el respeto de los derechos humanos fundamentales y no meramente en “el respeto de la ley”, como afirman los agentes ideológicos – comprados o lunáticos – del imperialismo y el fascismo), o criminal, ejercida en violación de esos derechos fundamentales, la cual corresponde a un orden político imperialista y totalitario. El derecho es la determinación de la condición y el comportamiento de los sujetos mediante el monopolio de la violencia; o sea: es la política ejercida de forma monopolista. Todo intento de oponer el “derecho” imperialista a la política imperialista es un despropósito teórico, una ilusión reaccionaria de inmediatas y funestas consecuencias prácticas para los Pueblos sojuzgados.

Una acepción auxiliar, equívoca y estrecha de “la política” – difundida por la ideología imperialista a su servicio – la limita exclusivamente a la actuación de los órganos Ejecutivos, presenta el Legislativo y la Judicatura como “apolíticos”, y reduce la cuestión del imperialismo, el fascismo y la democracia a una simple cuestión de “separación estatal (interna) de poderes”. Sin embargo, una eventual “separación de poderes” dentro del Estado imperialista no resuelve ninguna de esas cuestiones. La separación de poderes tiene por condición de nacimiento y vigencia la contradicción de fuerzas en las luchas sociales; y el imperialismo es lucha de clases a nivel internacional, y opresión y explotación de Pueblos y Estados bajo/por otros Pueblos y Estados.

Por tanto, en el interior de un régimen imperialista, su “separación de poderes” es en realidad “el entramado funcional unitario del poder totalitario” e imperialista. Bajo esas condiciones, los cuerpos Legislativos, Ejecutivos o Judiciales del régimen imperialista coinciden espontánea y plenamente sobre el tratamiento a aplicar a las fuerzas democráticas de los Pueblos ocupados; y a este respecto, las diferencias y contradicciones entre sus órganos internos son una fábula reaccionaria y una apología del régimen fascista de ocupación. Los jueces de un régimen imperialista no necesitan lecciones ni presiones de nadie para participar en la represión de la Libertad de los Pueblos y de los derechos humanos fundamentales en general, que están siendo conculcados por el régimen imperialista al que ellos sirven. En el interior de un régimen imperialista, todo intento de oponer “el poder político al poder judicial” es un dislate teórico y práctico que entraña funestas consecuencias.

Cuando “la izquierda abertzale pone en duda la imparcialidad de los jueces” y denuncia la “falta de base jurídica” para la represión fascista; o cuando los moderados y los radicales Pnv-Eta y sus satélites “denuncian las presiones políticas que el Gobierno ejerce sobre los jueces”: alterando así – según parece – la supuesta inclinación de éstos a defender la justicia democrática internacional (que dichos agentes dan por descontada y en la que los animan a perseverar), todos ellos están presentando los jueces Nacionalistas y Fascistas españoles y franceses como si estuvieran en oposición al Poder Ejecutivo, y como si fueran celosos defensores de los derechos humanos en general y de la libertad de los Pueblos en especial; todo lo cual no puede estar más lejos de la verdad o embellecer más la realidad.

El poder imperialista es el poder imperialista, y seguiría siéndolo con “base jurídica” o sin ella, con “separación interna de poderes” o sin ella, y con jueces “independientes” o sin ellos. La exigencia de “separación interna de poderes” del imperialismo: planteada por “los moderados y los radicales vascos” Pnv-Eta como supuesta garantía democrática, muestra su “incapacidad” – real o de mala fe – para comprender la política imperialista como una cuestión internacional que consiste en la dominación y destrucción de Pueblos sojuzgados y de sus Estados a manos de otros Pueblos y sus Estados imperialistas agresores, y que por tanto no es reductible “a los intereses de una determinada ideología, al centralismo, al jacobinismo, o a la falta de separación interna de poderes” del Estado ocupante; a los cuales, no obstante, ellos se empeñan en reducirla.

Todo ello es el abandono de los conceptos, principios y criterios fundamentales de libertad nacional y democracia, para substituirlos por los supuestos internos y formales del régimen totalitario e imperialista, tomado como democrático, dentro del cual esos agentes siguen situando y entendiendo toda realidad política, incluido el derecho internacional de autodeterminación o independencia inherente a todos los Pueblos sojuzgados.

Fue en 1710, tras perder las fuerzas de Ucrania la batalla de Poltava (en su intento por independizarse del Imperio ruso zarista), cuando Pylyp Órlyk: anticipándose en 38 años al “Espíritu de las Leyes” de Montesquieu y en 77 a la “Constitución de los USA”, estableció en su Constitución para Ucrania (“Pactos y Constituciones de Derechos y Libertades del Ejército Zapórogo”, llamada a veces “Constitución de Bender” por la ciudad donde se proclamó) la separación de poderes entre los cuerpos Legislativo, Ejecutivo y Judicial por vez primera. Y en su mismo Preámbulo, tras exponer los esfuerzos del poder moscoviano “para limitar y anular por todos los medios disponibles los derechos y libertades” del Pueblo Ucraniano, y justificar por tanto su política – seguida por Iván Mazepa y él mismo – de oposición al imperialista Zarato de Moscovia y de alianza con Carlos XII de Suecia “como lógica e inevitable, impuesta por la necesidad de liberar la patria”, este autor estableció de entrada como objetivo prioritario de la Constitución la independencia del nuevo Estado, afirmada naturalmente frente a Moscovia. Había comprendido bien que, entonces y siempre, son la política internacional, el derecho internacional, y la separación internacional de poderes, los que constituyen la única garantía política y jurídica que un Pueblo sojuzgado puede oponer contra el imperialismo.

En cambio, sumidos en su desvarío, los dirigentes indígenas “vascos” de la burocracia Pnv-Eta y sus satélites, agentes auxiliares locales del imperialismo franco-español e incansables defensores del gran cambiazo contra nuestro Pueblo (a saber: la negación y el abandono del derecho internacional de autodeterminación o independencia del Pueblo Vasco, y su substitución por una falsa “autonomía” otorgada como una región española más, y por una ilusoria “separación interna de poderes” dentro del régimen imperialista franco-español de ocupación militar que ellos han aceptado como democrático y el propio); tales agentes, decimos, “protestan” – simultánea o sucesivamente – contra los “malos” poderes ejecutivos que se imponen a los buenos legisladores y a los buenos jueces, si es que no son los malos jueces quienes se imponen a los buenos legisladores y los buenos gobiernos, o los malos legisladores quienes mantienen prisioneros a los buenos gobiernos y los buenos jueces.

Tales dirigentes “vascos” – auxiliares del imperialismo – ocultan así la realidad de la unidad de poder que constituye el Estado imperialista-totalitario, cuyos agentes legislativos, ejecutivos, administrativos y judiciales gozan: individual y colectivamente, de toda la motivación y de toda la carga xenófoba que se puede pedir o esperar de ellos. No necesitan esos agentes imposiciones de nadie para perseguir – conjunta o separadamente – todo lo que se parezca a una oposición democrática y todo lo que represente o recuerde a los Pueblos que los españoles y los franceses mantienen sojuzgados; que es lo que ellos han hecho siempre en todos los años y todos los siglos de conquista, dominación y represión que integran hasta hoy mismo su infame historia, de la que tan orgullosos se sienten.

“Ustedes los uranianos: severos y morenos como los españoles antiguos (que tan bien sabían quemar en las hogueras), ustedes callan.” (Yevgeni Zamiatin; ‘Nosotros’, 1920.)

Es una constatación constantemente verificada el hecho de que, en comparación con los responsables usualmente calificados como “políticos”, los órganos y miembros “apolíticos” del Estado moderno: hasta el último funcionario civil o militar, son generalmente más – y no menos – adictos de decisiones y medidas “administrativas” represivas, simplistas, radicales, intransigentes y extremas.

(El mismo Sabino Arana Goiri tuvo una completa experiencia de este funcionamiento a resultas del telegrama que el 24 de Mayo de 1902 intentó enviar al Presidente Theodore Roosevelt, felicitándolo por el apoyo USA a la Independencia de Cuba. El funcionario que debió cursar el telegrama – cuya tasa seguramente había cobrado por adelantado – lo entregó directamente al Gobernador “civil” de Bizkaia sin cursarlo. Éste lo re-envió al Juzgado de Bilbao para que iniciara la orden de busca y captura de su autor. Y el 30 de Mayo Sabino Arana tuvo que presentarse ante el juez, quien – tras obtener de él su reconocimiento de que había sido el autor – ordenó su inmediato ingreso en prisión sin fianza ese mismo día, por “delito de ataques a la integridad de la Nación Española”. No parece que hubo protestas por este atentado a la libertad de opinión y comunicación, teóricamente protegida además bajo el secreto de una correspondencia privada.)

La verdadera y real separación de poderes, estratégicamente relevante, es la oposición internacional que contra el poder imperialista y fascista le plantean: con personalidad política y jurídica única, los Pueblos sojuzgados, ocupados y colonizados; pero los colaboracionistas y los cómplices “vascos” del imperialismo  franco-español prefieren ignorarla y desviar la atención hacia imaginarios conflictos internos de los Estados ocupantes, antes que desarrollar la Conciencia y la Resistencia de nuestro Pueblo contra los invasores.

Las fundamentaciones “jurídicas” oficiales del régimen invocan sin cesar la Constitución formal. Pero ese fundamentalismo formalista jurídico-constitucional, y las propias fuentes “legales”, o bien guardan sobre ese particular la más precavida reserva, o recurren a las más confusas, difusas, mitológicas o paralógicas referencias sobre “el gran misterio del derecho”: sobre ese “misterioso” poder político que precede y funda la constitución real y primaria que a su vez constituye la “Constitución” formal y secundaria, puesto que tendrían que desvelar el papel de “los cañones, parte muy importante de la Constitución”, según indica Lasalle. La esperpéntica formulación de los Preámbulos y premisas de las significativamente abundantes Constituciones históricas del imperialismo moderno franco-español no es sólo imputable a deficiencias intelectuales y formales de concepción, elaboración o redacción sino, sobre todo, a las condiciones y los fines objetivos de ocultación/mistificación de la realidad, a los que los padres de esas criaturas tenían que sujetarse.

El colonialismo “moderno” franco-español pretende así legitimar los beneficios de la invasión, conquista y ocupación de Estados y Naciones sin jamás hacer frente a los inconvenientes de tener que reconocer sus métodos. Instauró su dominación por medio de guerra de agresión y el sojuzgamiento de Pueblos, y por la negación teórica y práctica de su derecho inherente de autodeterminación o libre disposición: primero de los derechos humanos y previa condición de todos los demás; y se ha sostenido siempre mediante la Violencia criminal y el Terrorismo monopolista. Pero, al mismo tiempo, pretende la estabilidad, el sosiego y la legitimidad que sólo son proporcionados por la libertad y la democracia, no por la guerra y el sojuzgamiento de los Pueblos. Pretende no sólo ser temido sino admirado, reconocido y estimado. Espera la libre adhesión de sus víctimas al régimen que los excluye de la comunidad de las personas libres. Espera que sus crímenes sean excusados, perdonados, aprobados, ocultados, ignorados y olvidados.

Los apologistas del régimen imperialista franco-español de ocupación militar sobre el Pueblo Vasco y su Estado afirman su carácter y legitimidad democráticos. Después de siglos de guerras de agresión y de ocupaciones, el Gobierno así construido y mantenido ha organizado finalmente la base incontrovertible de la nueva “democracia”. Pero la democracia es el poder del Pueblo y se funda en la efectividad de los derechos humanos fundamentales. Donde no hay poder popular y los derechos humanos se niegan, no cabe democracia sino imperialismo y fascismo. No cabe Pueblo ni voluntad libres donde se han destruido las condiciones básicas de su constitución, formación y expresión; y donde se niegan los derechos humanos fundamentales y, en primer lugar, el derecho de libre disposición de los Pueblos, primero de los derechos humanos y condición previa de todos los demás. No cabe democracia sin libertad; y no cabe libertad donde se conculca la libertad fundamental de los Pueblos y todas las libertades humanas que ella condiciona.

Los agentes del imperialismo franco-español reclaman “el respeto debido al régimen que nos hemos dado entre todos”. La inaudita desvergüenza de los ideólogos del imperialismo pretende así pasar por alto los siglos de Violencia criminal, las guerras de agresión, los crímenes, y la opresión y conculcación de todos los derechos humanos, los cuales nos han deparado el régimen que han montado ellos para que lo padezcamos los demás. Sin duda, la ambición del Nacionalismo imperialista no conoce límites. El triunfo lo hace insaciable. No le basta con haberse impuesto por la aplastante victoria de sus armas. Necesita y pretende, además, ser respetado, amado y admirado como no-violento y democrático.

Los Colonos metropolitanos, los Renegados autóctonos, y los diversos Agentes locales del imperialismo, oponen su propio Nacionalismo imperialista: que ellos califican como “no-nacionalismo, convivencia civil, valores republicanos e integración”, al “nacionalismo democrático” y al “no democrático” de los demás. Por tanto se proclaman adversarios y víctimas del “nacionalismo”. Pero el Nacionalismo imperialista es la forma agresiva y expansiva, “exagerada e intrínsecamente perversa” (Encíclica ‘Caritate Christi Compulsi) del Nacionalismo de las Naciones criminales, puesto que se realiza a costa de la libertad nacional de los demás. Sus víctimas son los Pueblos sojuzgados, a quienes el Nacionalismo imperialista se impone mediante guerra de agresión, ocupación militar, represión, terrorismo y tortura.

Si la defensa de la libertad nacional es “nacionalismo”, entonces todos los Pueblos del Mundo son nacionalistas en ese sentido y no se ve cómo podrían ser otra cosa, cuando es un hecho que nadie tolera una dominación extranjera. Mientras que la pretensión de imponer la propia Nación a los demás sí es en cambio Nacionalismo en el más alto grado, es Nacionalismo imperialista: el grado de delincuencia mayor del orden internacional, constituido por crímenes de guerra, contra la paz y contra la humanidad, que necesariamente resultan de la agresión permanente contra los Pueblos y de la conculcación de su derecho inherente de autodeterminación: primero de los derechos humanos y previa condición de todos ellos.

En estas circunstancias, la “oposición política por medios democráticos dentro del respeto a las instituciones” establecidas por el imperialismo es lo mismo que la aceptación y el reconocimiento previos del criminal poder de facto, y la participación permanente en su sistema imperialista y fascista de dominación. Porque las “instituciones” de que hablan están realmente constituidas mediante Violencia criminal: principio y fuente de las instituciones, mediante la conculcación de todos los derechos humanos fundamentales y, en primer lugar, del derecho de libre disposición que asiste a todos los Pueblos; y mediante guerra de agresión contra la integridad y la independencia de Estados plena y largamente establecidos y reconocidos por el Derecho Internacional. Han sido impuestas y mantenidas mediante guerras de agresión, terrorismo y ocupación militar permanente, monopolio de la Violencia criminal, fusilamientos, cárcel, exclusión, deportación y transferencia de poblaciones, dominación de las estructuras económicas e ideológicas, y persecución e imposición de Lenguas y Culturas. Y resultan del poder y sirven al poder de las naciones y los grupos sociales agresores, que son quienes detentan, imponen y disfrutan todos los poderes y “derechos” derivados de su imperialismo; unos poderes y “derechos” que esos grupos sociales y naciones agresores ejercen a costa de aquéllos a quienes ellos han negado todos sus derechos humanos fundamentales.

Los colaboracionistas “radicales vascos” han llegado finalmente a plantear la oposición “por medios estrictamente democráticos mediante el diálogo y la negociación, en ausencia de toda violencia”, es decir: mediante el reconocimiento y el respeto del régimen imperialista y fascista franco-español de ocupación militar y de su monopolio de la Violencia criminal. La lucha armada que antes preconizaban no es ahora un medio sino un obstáculo, puesto que “la solución del conflicto vasco está en la ‘tregua definitiva’, la paz y el diálogo”. O sea, que el imperialismo y el fascismo no existen. Aquí todo el mundo es bueno, todas las opciones son legítimas y respetables, nadie tiene razón al 100%, y el diálogo y la no-violencia unilateral en favor del imperialismo ofrecen la solución a todos los problemas y rigen nuestra vida cotidiana; sólo ocasionalmente perturbada por la crítica teórica o práctica de quienes rechazan los monopolios de Violencia criminal y de adoctrinamiento de masas en manos del régimen fascista, y denuncian los fundamentos y la naturaleza reales del régimen imperialista y fascista franco-español de ocupación militar.

Llegan así a la apología – tanto más peligrosa por cuanto es artera e insidiosa – del régimen imperialista franco-español de ocupación militar: forma moderada y benigna, según dicen, de opresión nacional, de “asimilación sin exterminio”, “infinitamente menos grave y desesperada” que la de otros lugares, con la que “sería ridículo y caricaturesco comparar siquiera semejantes nonadas”. Después de ocho siglos de guerras, agresiones, desmembramientos y ocupaciones, bombardeos terroristas de masas, persecución racial, lingüística y cultural, destierros, prisiones, pillaje, represión y fusilamientos, cabe preguntarse qué más les hará falta a los “radicales vascos” para homologar el imperialismo franco-español sobre nuestro País como una forma “comparable” de Violencia y Opresión nacional.

Esa búsqueda de “criterios y escalas diferenciales” en materia de imperialismo revela ya, como ha ocurrido a menudo, el carácter reaccionario de tal empresa, al servicio del sabotaje ideológico fascista contra la crítica al imperialismo. Persigue el establecimiento de “categorías” de Pueblos “más oprimidos y menos oprimidos”, las cuales disminuyan u oculten la naturaleza y el alcance de la ocupación colonial en nuestro País; la edulcoración ideológica de la realidad del imperialismo franco-español contra el Pueblo Vasco; y la reducción de la responsabilidad criminal de quienes lo practican y justifican. Promueve la división de los objetivos, los procedimientos y las fuerzas de la lucha de liberación nacional. Y permite eludir, postergar, retardar y olvidar la inexcusable tarea inmediata de hacer efectivo el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos frente al Nacionalismo imperialista, plaga y vergüenza del género humano.


(De ‘Euskal Herria y el Reino de Nabarra, o el Pueblo Vasco y su Estado, frente al imperialismo franco-español’.)

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