DECLARACIÓN SOBRE EL IDIOMA, LOS TERRITORIOS, EL ESTADO, Y LOS SÍMBOLOS DEL PUEBLO VASCO/EUSKAL HERRIA
(Texto publicado inicialmente el 27-Diciembre-2019.)
Declaración sobre el Idioma, los Territorios, el Estado y los Símbolos del PuebloVasco/Euskal Herria
Muchos
Pueblos de Europa no existían siquiera cuando el proto-Europeo Pueblo
Eúskaro/Euskal Herria llevaba viviendo ya muchos milenios en su refugio
peri-Pirenaico; y los dialectos o sub-dialectos oficiales u oficiosos de esos
nuevos Pueblos no habían aparecido aún, mientras que desde tiempos inmemoriales
vivía el idioma de los Eúskaros: el Euskara, al cual niegan ahora la existencia
en “la Europa de la diversidad de sus pueblos y de sus culturas”.
Igualmente,
muchos Estados de la actual Unión Imperialista Europea no existían cuando se
constituyó la confederación de
repúblicas, condados y señoríos Vascónicos que englobaba todos sus Territorios históricos,
libremente reunidos en torno al Reino de Pamplona: el Estado de los Vascos (o Vascones, como los
habían llamado los Romanos), y antecesor del Reino de Nabarra. Ni siquiera
cuando – según afirmaban los propios panegiristas de la conquista – “los
españoles invadieron, subyugaron, confiscaron y conservaron el Reino de
Nabarra”: ocupado, desmembrado y anexionado mediante la agresión, la guerra, la
violencia y el Terrorismo de sus vecinos Europeos, y de los cómplices civiles,
militares y eclesiásticos de éstos.
El Euskara es el único idioma nacional y propio del Pueblo Vasco/Euskal Herria. La persecución y proscripción del Euskara: “la lengua de los Nabarros” – ‘lingua navarrorum’ – según fue designado por sus Monarcas, a manos del Nacionalismo imperialista y el Colonialismo hispano-francés; y los crímenes cometidos para arrancarnos el idioma que constituye nuestro aliento, alma y condición de Pueblo, son un delito de genocidio que jamás será olvidado ni perdonado.
Dialectos del Latín (como eventualmente podría haber sucedido con los del Púnico, si acaso Roma hubiera sido definitivamente derrotada en aquellas Guerras ante todo por Aníbal en el año 216 a. C.; o con los idiomas Germánicos de Francos y Godos), la actual presencia entre nosotros del Francés y el Español: que los agentes del imperialismo llaman – cuando les conviene – “castellano” a fin de camuflar y evitar de ese modo la irreductible e irremediable oposición Español–Euskara, es consecuencia de contingencias históricas ajenas y hostiles al Pueblo Vasco, y huella de la alienación creada durante siglos a partir de los imprescriptibles e incontables crímenes constitutivos implicados en la agresión y ocupación militar, el desmembramiento, la anexión y la colonización contra nuestro Pueblo y su Estado: el Reino de Nabarra. Es resultado de esa empresa imperialista acometida y realizada por los Estados de España y de Francia mediante crímenes y Terrorismo de guerra y de Estado, y ocupación militar permanente: todo lo cual es su constitución real y primaria; y mediante la promulgación de toda una legislación imperialista aferente: lo cual es su “Constitución” formal y secundaria, nula de pleno derecho, criminalmente impuesta sobre la violenta abolición de nuestras propias y legítimas leyes e instituciones:
“[...] una cosa hállo y sáco por conclusión mui cierta: que siempre la lengua fue compañera del imperio; i de tal manera lo siguió, que junta mente començaron, crecieron i florecieron, i después junta fue la caida de entrambos. [...], el mui reverendo padre obispo de avila me arrebató la respuesta; i respondiendo por mi dixo que después que vuestra alteza metiesse debaxo de su iugo muchos pueblos bárbaros i naciones de peregrinas lenguas, i con el vencimiento, aquellos ternían necessidad de recebir LAS LEIES QUEL VENCEDOR PONE AL VENCIDO, Y CON ELLAS NUESTRA LENGUA, [...]. I cierto assí es que no sola mente los enemigos de nuestra fe, que tienen la necessidad de saber el lenguaje castellano, mas LOS VIZCAINOS, NAVARROS, franceses, italianos, i todos los otros que tienen algún trato i conversación en españa i necesidad de nuestra lengua, si no vienen desde niños a la deprender por uso, podrán la más aina saber por esta mi obra.” Etc. (Antonio de Nebrija; de la dedicatoria de su ‘Grammatica Antonii Nebrissensis’ a la reina Isabel I de Castilla; 1492. Énfasis añadido.)
Cuando estas cosas eran publicadas, faltaban aún veinte años para que el Reino de Nabarra fuera agredido una vez más por el imperialismo hispánico: ahora el del “Estado compuesto” (H. G. Koenigsberger) de la Monarquía Hispano-Católica integrada por las Coronas de Aragón y de Castilla. Así pues, en aquellos momentos era política y sociológicamente claro – y, como tal, era públicamente expresado al más alto nivel – algo que hoy en día sigue siendo igualmente claro pero que no es públicamente expresado, ni siquiera por quienes a sí mismos se llaman “nacionalistas vascos”, a saber: la afirmación del Pueblo Vasco, de su Lengua el Euskara y de su Estado, el Reino de Nabarra, como distintos y en pie de igualdad con los otros Pueblos, Lenguas y Estados europeos. “Los Vascos no somos Españoles ni Franceses; los Españoles y los Franceses no son Vascos.”
La
recuperación plena de nuestro idioma nacional: derecho irrenunciable de todo
ciudadano, es un objetivo primordial de nuestro Estado; una meta cuyo logro
requiere tanto de recursos materiales, flexibilidad y comprensión (dada la
difícil situación de la que partimos), así como del sincero compromiso que se
espera de quienes deben hacer el loable esfuerzo de aprenderlo y usarlo, pero
que sólo podrá conseguirse de forma universal a partir de la restauración de
nuestra independencia nacional y estatal. El pretendido e imposible “bilingüismo” que se
nos ofrece: basado en el sometimiento nacional/estatal de nuestro Pueblo, no
impide sino que supone la humillación y entraña la liquidación de la Lengua
“enseñada”. “La enseñanza” de estas Lenguas, y otras medidas similares, están
destinadas a engañar y recuperar a los Pueblos sojuzgados. “La misión de la Educación Nacional es acabar con las lenguas
regionales.” “Nuestra misión es ayudar a las lenguas minoritarias a morir
dulcemente.” (Morvan.)
Las Lenguas son siempre nacionales, o no son. Las lenguas “secundarias, minoritarias, locales o regionales”: eso no existe y no puede existir; no más que sus culturas y sus Pueblos, de los que aquéllas son inseparables. El imperialismo lo sabe, a veces incluso lo dice; pero sus víctimas no siempre se dan cuenta de ello. Como bien dolorosamente hemos comprobado a lo largo de la Historia, en el ecosistema imperialista de España y de Francia no hay ni puede haber lugar para el Pueblo Vasco ni para el Euskara.
Por lo demás, está claro que, dados – por un lado – los hándicaps idiomáticos creados a nuestro Estado como resultado de la imposición del Español y el Francés, y – por otro – las exigencias de inter-comunicación que nos impone el mundo actual, la operatividad de nuestro Estado nos plantea la necesidad ineludible de adoptar una única lingua franca funcional de acuerdo a criterios de eficacia y utilidad, la cual nos permita la conexión con las áreas de desarrollo democrático de nuestro entorno; si bien manteniendo y cultivando siempre con tesón nuestra esencia: nuestros propios idioma y cultura euskéricos.
“El derecho de los pueblos y las naciones a la autodeterminación. A – Por cuanto el derecho de los pueblos y de las naciones a la autodeterminación es condición indispensable [‘a prerequisite’] para el pleno disfrute de todos los derechos humanos fundamentales, [...], Por cuanto los Miembros de las Naciones Unidas, con arreglo a las disposiciones de la Carta, deben respetar el mantenimiento del derecho de libre determinación en otros Estados, La Asamblea General recomienda que: 1. Los Estados Miembros de las Naciones Unidas deberán mantener el principio de autodeterminación de todos los pueblos y las naciones;” etc. [UNGAR 637 A (1952).]
“1.
De acuerdo con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
el artículo 1 del ‘Pacto Internacional
sobre Derechos Civiles y Políticos’ [UNGAR 2200 (1966)] reconoce que todos
los pueblos tienen el derecho de autodeterminación. El derecho de
autodeterminación es de particular importancia porque su realización es una
condición esencial para la efectiva garantía y observancia de los derechos
humanos individuales y para la promoción y el reforzamiento de tales derechos.
Es por esa razón que los Estados establecieron el derecho de autodeterminación
como una disposición de la ley positiva en ambos Pactos [el ya mencionado, y el
‘Pacto Internacional sobre Derechos
Económicos, Sociales y Culturales’] y colocaron esta disposición como
artículo 1, destacado de todos los otros derechos establecidos en los dos
Pactos y anterior a todos ellos.” Etc. [Comentario General núm. 12, hecho por
el Comité de Derechos Humanos (de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos) sobre el artículo 1 (El Derecho de
autodeterminación de los pueblos) de ambos ‘Pactos
internacionales sobre los Derechos Humanos’, y adoptado en su 21 sesión,
Marzo-1984. HRI/GEN/1/Rev. 9 (Vol. I).]
En ejercicio de las implicaciones que entraña el derecho internacional de independencia, autogobierno, libertad, libre disposición o autodeterminación de todos los Pueblos: “primero de los derechos humanos fundamentales y condición previa para el pleno disfrute de todos ellos”, la evacuación incondicional e inmediata de todas las fuerzas de ocupación y de todo el aparato de subyugación y colonización instalados en los Territorios del Pueblo Vasco por los mencionados Estados ocupantes: España y Francia, constituye la condición previa absoluta para la resolución democrática de los problemas creados por su imperialismo colonialista, y es también la exigencia básica para el restablecimiento del Euskara. En particular, la eliminación de la “frontera” imperialista-separatista franco-española: que divide y separa a nuestro Pueblo, y hace de nuestro País y de nuestro Estado “regiones” de los Estados imperialistas de España y de Francia, es una exigencia primordial para la restauración de la legalidad internacional que dichos Estados criminalmente conculcan.
Mientras esa evacuación no se produzca, la negativa y el boycott a toda colaboración y participación en las instituciones de los Estados ocupantes, junto con la permanente denuncia de éstos como imperialistas y criminales, es la condición primera de toda genuina oposición que se pretenda realmente democrática y que no sea meramente colaboracionismo camuflado y sumisión a los regímenes de ocupación militar de España y de Francia, presentados en cambio por los agentes de la traición y la sumisión como si fueran “propios, no-Nacionalistas, no-violentos, legítimos y democráticos”.
Afirmamos también la vigencia, continuidad, actualidad e integridad de nuestro Estado, el Reino de Nabarra. Ello implica que, frente al criminal imperialismo franco-español y a su dominación y colonización de nuestro Pueblo, afirmamos la constante e irrenunciable permanencia del Pueblo Vasco en sus Territorios Históricos: mantenida sin interrupción desde los albores de los tiempos, tal como de siempre han sido citados por nuestros escritores clásicos. Esto es: junto al resto de Territorios del trans/cis-pirenaico Reino de Nabarra, “Zuberoan, Laphurdin, Bizkaian, Gipuzkoan, Alaba-herrian eta bertze anhitz lekhutan”.
El resto de sus ‘disjecta membra’:
que histórica y voluntariamente formaron parte del Reino de Nabarra y que más o menos
tempranamente fueron arrancados de su seno, conservan todo su derecho a
retornar a la patria común que es nuestro Estado actual y a sus Instituciones,
de las que fueron violentamente separados. Un retorno al que fraternalmente los
invitamos, con la garantía de conservar la plenitud e integridad de sus
inalienables derechos, en cuya defensa común comprometemos nuestro
inextinguible amor y entrega a la libertad nacional y los derechos humanos
fundamentales: constitutivos y constituyentes de toda auténtica democracia y
por ende del sistema socio-político que propugnamos. Un sistema confederativo y
participativo según la inmemorial práctica asamblearia de nuestros Batzarrak,
base de nuestras Asambleas e Instituciones municipales libres.
Los emblemas y banderas del Pueblo Vasco/Euskal Herria y de su Estado: el Reino de Nabarra, son todos los que históricamente han sido utilizados para simbolizar su existencia como Pueblo y Estado soberano e independiente, tal como nos han sido transmitidos por la documentación historiográfica. Junto con ellos, puesto que fue concebida y popularmente adoptada para representar el mismo sujeto político: la Nación de los Vascos independiente y soberana, constituida en la plenitud de sus derechos y asentada en la totalidad de sus Territorios históricos, la bandera bi-crucífera diseñada por los Hermanos Arana-Goiri – cuya humillación, reducción y recuperación por el imperialismo han sido ignominiosamente permitidas por los colaboracionistas de la transición intra-totalitaria al Segundo Franquismo actualmente reinante – forma parte también del patrimonio común de símbolos que expresan y han galvanizado las ansias de libertad, democracia e independencia nacional de nuestro Pueblo frente a las agresiones y los crímenes: tanto del Colonialismo y el Nacionalismo imperialistas y fascistas de España y de Francia, así como del Nazi-Fascismo y el Nacional-catolicismo de sus aliados internacionales del Eje y el Vaticano; conservando la pre-eminencia, como es natural, la bandera de nuestro Estado histórico: el Reino de Nabarra.
La recuperación y falsificación de los signos de identidad de los Pueblos sojuzgados, realizadas por el imperialismo, son mecanismos que contribuyen a confundir a su base social; sobre todo cuando ésta está siendo engañada, desamparada y traicionada por una pretendida clase intelectual y política integrada por incapaces o vendidos al servicio de la empresa imperialista, como ocurre actualmente en el País de los Vascos.
En cuanto a la elección de otros símbolos, tales como himnos nacionales u otros, y como ya ha quedado apuntado, sólo el restablecimiento de las condiciones de la Autodeterminación o Independencia Nacional: con la previa expulsión de todos los ejércitos extranjeros que ocupan nuestro País, nos permitirá hacer esa elección con plenas garantías de participación, información y aportación generales; en particular, de quienes estén cualificados para aconsejar sobre la decisión más correcta en tales cuestiones. Hasta ese momento, todos los elementos que pertenecen al acervo cultural de nuestro Pueblo deberán ser celosamente preservados.
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