Reacción imperialista: involución del Derecho Internacional (XVII)


EUSKAL HERRIA Y EL REINO DE NABARRA, O EL PUEBLO VASCO Y SU ESTADO, FRENTE AL IMPERIALISMO FRANCO-ESPAÑOL



XVII – Reacción imperialista: involución del Derecho Internacional


Iñaki Aginaga y Felipe Campo



La “Paz perpetua” (Immanuel Kant), lograda mediante la concertación o el consentimiento de las Potencias dominantes para “el reparto pacífico, internacional, super-imperialista, ultra-imperialista o inter-imperialista” del Globo, era un viejo y acariciado sueño al cual la realidad, a saber: todo un siglo de incesantes conflictos, guerras, terrorismo y carnicería entre los Estados, le ha dado la misma credibilidad que la de los Reyes Magos, Santa Claus, o el Reino de Camelot y los Caballeros de la Mesa Redonda.

Las Guerras Mundiales y sus periodos de post-guerras, los Movimientos de Liberación Nacional, la Revolución Rusa, los Catorce Puntos del Presidente Woodrow Wilson, los Pactos Internacionales (desde la Sociedad de Naciones a las Naciones Unidas), la decolonización del Tercer Mundo, la influencia de la Unión Soviética, el duopolio hegemónico nuclear y la Guerra Fría, fueron factores que llevaron progresivamente a formular los términos de un nuevo orden internacional concerniente a los crímenes internacionales, la agresión, la guerra, los derechos humanos fundamentales, y los derechos de autodeterminación y de legítima defensa de todos los Pueblos.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU): instrumento de los Estados victoriosos en la Segunda Guerra Mundial (excluidos los “Estados enemigos”), enunció los principios de ese Nuevo Orden Mundial del Derecho Internacional contemporáneo. Reconoció así el derecho de autodeterminación o independencia inherente a todos los Pueblos; condenó como crímenes internacionales e imprescriptibles la agresión, el “derecho” de conquista, el Terrorismo de Estado, y el imperialismo y el colonialismo en todas sus formas; y definió la diferencia entre la agresión y la legítima defensa, y entre el terrorismo – individual o de Estado – y las legítimas luchas de liberación de los Pueblos, llevadas a cabo por sus “fighters for freedom and self-determination”.

De este modo, los derechos internacionales, fundamentales e inherentes de independencia, libre disposición o autodeterminación de todos los Pueblos, y de legítima defensa de ellos frente a la agresión imperialista, así como los de independencia e integridad de sus Estados legítimamente constituidos “y que se conducen ellos mismos en conformidad con el principio de derechos iguales y de autodeterminación de los Pueblos (Resolución 2625 [1970] de la Asamblea General de las UN): parte esencial del Derecho Internacional, fueron formulados, votados, formalmente reconocidos – no constituidos – e inscritos en la Carta de las NU desde 1945 (es decir, bajo las condiciones de la Segunda post-Guerra Mundial y tras el abortado ensayo de la Sociedad Naciones realizado después de Primera), por iniciativa de la URSS – lo cual no anulaba la dominación del Nacionalismo imperialista ruso sobre sus Pueblos y Estados sojuzgados – pero bajo la presión de los Pueblos y Estados del llamado Tercer Mundo.

De su fundacional Carta de San Francisco se siguen las normas incesantemente formuladas y no aplicadas por la ONU; sin que la multiplicación y profusión de declaraciones, resoluciones, decisiones y convenciones – sincera o hipócritamente reiterativas pero deliberada y pertinazmente burladas y traicionadas – hayan efectivamente logrado la represión y erradicación de la peste imperialista: vergüenza del mundo “civilizado” y primera fuente de conflictos y amenazas para la paz y la libertad de la Humanidad.

La agresión imperialista consiste en Violencia criminal, originaria, unilateral y eminente; y los crímenes cometidos en esa agresión imperialista, a saber: crímenes contra las leyes de la guerra, crímenes contra la paz y la seguridad de los Pueblos y – en su caso – de  sus Estados legítimamente constituidos, y crímenes contra la Humanidad, son imprescriptibles e imperdonables, si de verdad deseamos buscar su erradicación.

Frente a todo ello, el derecho internacional de legítima defensa: reconocido en el Artículo 51 de la Carta, es intemporal y permanente, y su realización no implica violación de la paz sino restauración de las condiciones de la paz, la cual debe estar necesariamente fundada en los también imprescriptibles derechos humanos que fueron violados por la agresión originaria del imperialismo. Ésta es una agresión permanente y cadena continua, interminable e inmanente de crímenes, conflicto, opresión, persecución y Terrorismo que jamás pueden prescribir. Por tanto, la represión del agresor en contra del intemporal derecho de legítima defensa del Pueblo agredido es continuación del originario crimen de agresión, y de ningún modo “legítima defensa”.

Sin embargo, actualmente, la práctica y – cada vez más – incluso la teoría de la ONU niegan la existencia de los Pueblos, como el medio más radical de combatir su libertad y sus derechos de autodeterminación o independencia y de legítima defensa; atribuyen esos derechos a los Estados reconocidos (lo que hace del derecho “de los Pueblos” una pura referencia retórica); reconocen el imperialismo y el fascismo – homologados bajo una burda y cínica etiqueta de ”democracia” – como formas legítimas de política internacional; y califican a quienes se les resisten – en ejercicio de su derecho de legítima defensa – como bandidos, ladrones, asesinos y terroristas en el sentido ad hoc, reductivo y super-extensivo que, según le conviene, la ideología imperialista y fascista dominante atribuye a tales calificaciones. (Sobre esta manipulación ideológica y terminológica, véase nuestra obra: ‘Violencia y Terrorismo.- Su mistificación ideológica al servicio del imperialismo.)

La ONU ha abandonado sus propios principios de Derecho Internacional. De este modo, la afirmación del derecho de autodeterminación de los Pueblos: incorporado en la Carta por “Nosotros, los Pueblos de las Naciones Unidas” como un derecho “de todos los Pueblos”, puede inducir a error. Efectivamente, el principio que reza “Todos los Pueblos tienen derecho de autodeterminación” nunca pretendió traducir el truísmo: “tienen derecho de autodeterminación todos los Pueblos que tienen derecho de autodeterminación”. Sin embargo, la práctica de esa Organización lleva a interpretarlo así, y a reconocer ese principio sólo a unos Pueblos – que serían Pueblos en el sentido estricto y pleno de la palabra – pero a negarlo a otros; siendo de esta forma el derecho de autodeterminación constitutivo sólo de algunos Pueblos, y no atributivo de todos los Pueblos.

En definitiva, en la práctica observada actualmente por el conglomerado imperialista a escala mundial: integrado por las Potencias hegemónicas – o aspirantes a serlo – y sus Aliados, la admisión del derecho de autodeterminación de los Pueblos así como de su inseparable derecho de legítima defensa “es selectiva, está reservada a aquéllos con quienes uno simpatiza”; lo que finalmente depende de los respectivos intereses y afinidades de los Estados.

Sobre el tablero geopolítico internacional, los Pueblos y los Estados pequeños, débiles y aislados carecen de importancia estratégica, aun cuando pueden llegar a ser táctica, provisional y localmente tomados en alguna consideración por las grandes Potencias si aquéllos llegan a insertarse en los organigramas de contradicción, conflicto y equilibrio de éstas; dando lugar así a variantes más o menos diversas o estrechas de satélites, clientelas y protectorados.

En última instancia, un Pueblo sólo puede contar con sus propios recursos. Toda Nación enfrentada a sus agresores debe abandonar las ilusiones a este respecto, y saber que sólo puede contar con su propia Resistencia para preservar la libertad nacional o acceder a ella: condición previa para acceder a todas las demás; una Resistencia fundada ante todo en el rechazo ABSOLUTO a todo reconocimiento/aceptación de la legitimidad del régimen imperialista de ocupación militar. No hay otra base estratégica de alianza o negociación.

En la realidad del Derecho Internacional y del derecho de la ONU, no todos los Pueblos son admitidos o reconocidos, y de hecho, para esa Organización sólo tienen derechos los Pueblos lo bastante fuertes y capaces como para imponerse a los demás o resistir al imperialismo y al colonialismo; ya sea por sí mismos, o con la asistencia, la protección o el protectorado extranjeros. Los demás sólo existen como objetos de política y de “derecho” positivo monista del Estado o Estados que los han dominado. Bajo tales condiciones, y cualesquiera que sean sus valores y aportaciones materiales y culturales, esos Pueblos dominados son desechados, repudiados y condenados a ser perseguidos, destruidos, asimilados y substituidos por sus “grandes” predadores, con la bendición y la asistencia de esas instancias internacionales.

Así pues, la pretensión originaria de fundar el derecho para todos los Pueblos del mundo se ha visto desacreditada por la incapacidad de esta Organización internacional para establecerlo, desarrollarlo y aplicarlo. En su ausencia, las relaciones políticas internacionales se fundan en la violencia antagónica entre Naciones y Estados, sin ninguna instancia “superior” de orden y poder. Las pretendidas “leyes internacionales” protectoras no existen ni protegen a nadie, pues nadie las impone y los Estados las interpretan como mejor les conviene. Bajo tales condiciones, la “comunidad internacional” no existe y no puede existir.

El llamado “derecho internacional”, parte y producto de la política internacional, es el orden de violencia que la oposición de fuerzas políticas determina entre las Naciones, es decir: la dominación institucionalizada de los Pueblos más fuertes sobre los más débiles. Dentro de este orden de violencia, la selección estratégica de fines y medios depende de la relación de fuerzas, la situación, el momento y el contexto internacional, y de los intereses absolutos o relativos del imperialismo.

“La ley es igual para todos; todos son iguales ante la ley; nadie está por encima de la ley” etc., son aforismos – tanto domésticos como internacionales – tan formalmente falsos como ideológicamente banalizados:

“Segundo Pescador: ¡Ayudad, maestro, ayudad! Hay aquí un pez que cuelga en la red, como el derecho de un hombre pobre en la ley; a duras penas saldrá de ella.” (W. Shakespeare; ‘Pericles, Prince of Tyre’, II, i.)


En la realidad, la ley la hacen los fuertes y la padecen los débiles; y los violentos y los ricos no han sido y no serán nunca iguales a los pacíficos y los pobres ante la ley, y sobre todo – como ya hemos expuesto anteriormente – antes de la ley. En cuanto a las Instituciones Internacionales, si bien son capaces de oponerse a algunos Estados menores en beneficio de los mayores, no obstante han puesto siempre de manifiesto su incapacidad – inherente y constitutiva – para condicionar u oponerse a las Grandes Potencias, a las que no tienen voluntad, interés ni medios para incorporar, contener u obligar.

Incluso entre los mismos Estados reconocidos por las Organizaciones Internacionales, la proclamada igualdad de derechos entre las Naciones y los Estados es un engañabobos ideológico que está siendo real y formalmente desmentido por sus propias instituciones, las cuales formulan y sostienen el derecho de las Grandes Potencias a gobernar el mundo. Tal pretensión igualitaria está en contradicción flagrante con la realidad internacional; y la propia Carta de las NU estableció, de entrada y sin rodeos, los privilegios exorbitantes de cinco Estados Miembros en posesión actual o próxima de armas nucleares de destrucción masiva, los cuales tenían individual y unilateralmente “derecho internacional” a hacer lo que les viniera en gana e imponer su ley a los demás, que es lo que todos hacen cuando pueden.

Fuera de los conflictos entre ellas mismas, la impunidad de las Grandes Potencias y de sus auxiliares está asegurada. Ninguna Gran Potencia y ningún dignatario de una Gran Potencia han comparecido jamás por sus crímenes ante un Tribunal internacional; sólo los débiles y los vencidos son perseguidos, detenidos, juzgados y condenados como criminales por la “justicia internacional”.

Para el actual modelo internacional invertido y pervertido de las Grandes Potencias y sus satélites, toda defensa o reivindicación de la libertad nacional y de los derechos fundamentales de autodeterminación/independencia y legítima defensa de los Pueblos sojuzgados, y de libre expresión e información, es criminal bandidismo y terrorismo. Mientras que, por el contrario, toda persecución y represión, mediante Violencia criminal y Terrorismo de Estado, de la libertad y la Resistencia – armada o desarmada, política o ideológica – de esos Pueblos contra el imperialismo es legítimo derecho “natural” e internacional. El Consejo de Seguridad, la Secretaría General y el Alto Comisionado para los Derechos Humanos: ciegos para los crímenes del imperialismo y hostiles a toda manifestación de Resistencia, confirman el triunfo absoluto de la mentira, el cinismo y la hipocresía sobre la conciencia real.

La involución general de las libertades y los derechos humanos fundamentales, y de sus garantías institucionales (un hecho subsiguiente al final de la Guerra Fría y al nuevo orden o desorden mundial), ha terminado por arruinar las Resoluciones y Convenciones respectivas del Derecho Internacional; las cuales, sin haber sido nunca expresamente anuladas, son ahora ignoradas. Múltiples principios y normas de “Nosotros, los Pueblos de las Naciones Unidas”: establecidos durante la mencionada Guerra Fría bajo la presión del Tercer Mundo y la Unión Soviética, han quedado relegados. Actualmente son papel mojado o una propaganda hipócrita – para engañar a los eternos ingenuos – de instituciones que en realidad sirven al Nacionalismo, al Imperialismo y al Terrorismo de los grandes Estados y sus satélites, enfrentados – dentro de sus respectivas “Zonas Exclusivas de Caza” – contra la libertad de los Pueblos sojuzgados y los derechos humanos fundamentales; con la consiguiente ruina de los derechos y las garantías en general. El Consejo de Seguridad los ignora, desprecia o contradice abiertamente; y la Asamblea General no es siquiera la Cámara que registra y difunde las decisiones del poder Ejecutivo y Administrativo, según el modelo de los modernos cuerpos “legislativos” monárquico-republicanos.

En realidad, las Instituciones “Internacionales” apoyan y reconocen el imperialismo y el colonialismo en el poder, los cuales gozan del reconocimiento y el apoyo incondicionales y sin reservas de la ONU; haciéndose así en permanencia cómplices y partícipes de la agresión, el terrorismo y el genocidio de los Estados que las mantienen. (Biafra, Nigeria etc.) En la práctica, jamás un Estado imperialista o colonialista ha aceptado y aplicado el derecho de autodeterminación o independencia de los Pueblos en sus mal obtenidos dominios, ni siquiera en las formas propuestas por la ONU. El reconocimiento oficial del derecho fundamental, inherente y consuetudinario de autodeterminación de todos los Pueblos, realizado por esa Organización, se substituye en la práctica por una declaración constitutiva caso por caso. Así, el reconocimiento del principio general de autodeterminación de todos los Pueblos es substituido por la declaración concreta que lo contradice y anula. La defensa del status quo imperialista es la tendencia y la regla de comportamiento de las Organizaciones Internacionales.

Los Estados Miembros de la ONU y las Organizaciones Internacionales mismas incumplen, falsifican y niegan, si pueden y les conviene, los derechos que han reconocido formalmente. Por desgracia, la ONU abandonó sus propios principios de Derecho Internacional y mostró muy pronto su lado oscuro. Especialmente en relación con el derecho internacional de los Pueblos, examinada su observancia en la práctica real, resulta evidente que la Ley Internacional de las Naciones Unidas, en poder de las Grandes Potencias imperiales o hegemónicas, sigue estando construida sobre el mismo “piso podrido” de su predecesora Sociedad de Naciones, esto es: el “derecho internacional clásico” del imperialismo europeo. En tales circunstancias, el imperialismo se investiga y juzga a sí mismo: implicación “lógica” de una abstrusa auto-limitación del Estado. La práctica en contrario es hipócrita, ilusoria y ridícula.

Confrontado al dilema de decidir si la “cuestión nacional” se resolvía por la liberación de las Naciones oprimidas o por la continuidad del imperialismo, el nuevo orden mundial de las Grandes Potencias optó una vez más por la segunda solución. Los Estados con conflictos nacionales todavía abiertos son quienes nombran y eligen los Tribunales y Comités “internacionales”, y lo hacen entre “especialistas” distinguidos por su Nacionalismo imperialista a ultranza. Dichas instituciones no pueden ni quieren ver – y menos aún perseguir – los crímenes contra los derechos humanos fundamentales, que ellas encubren, minimizan y justifican pues para eso fueron elegidos y nombrados sus representantes. Son “incapaces” de plantear siquiera la cuestión del Imperialismo y el Terrorismo de Estado. En cuanto a las ONGs, se hacen ver manifestando hipócritamente su “preocupación” por los atentados “no-sistemáticos” a algunos derechos individuales; siempre sin indisponer en su contra a los poderes de facto, ya que de otro modo se les acaban el cuento y la fiesta.

Las nuevas Instituciones Internacionales no han cambiado gran cosa en el derecho y la política tradicionales. Su propaganda y comportamiento participan indefectible y cada vez más abiertamente en la política imperialista de dominación y genocidio llevada a cabo por los grandes Estados imperialistas y sus protegidos, que niegan con hechos los nobles principios y normas tantas veces ratificados, a saber: “las ofensas contra los derechos formulados por las Naciones Unidas son actos criminales; la infracción del derecho de autodeterminación de los pueblos es un crimen internacional”.

La ONU, en poder de las Grandes Potencias imperiales o hegemónicas, ha abandonado o traicionado constantemente en palabras y en hechos sus propios principios y normas formalmente reconocidos por la propia Organización, los cuales fueron ratificados por los Estados Miembros. Si bien su teoría y sus declaraciones han reflejado a menudo la profundidad y continuidad de las ideas democráticas en la lucha de los Pueblos por la libertad y la independencia, sin embargo la propia Organización se ha mantenido cada vez más abiertamente al margen de tales conflictos, reconociendo y apoyando en general a los Estados imperiales y coloniales, y haciéndose a veces cómplice de imperialismo, terrorismo y genocidio.

De hecho, las Instituciones Internacionales sólo reconocen la existencia y aceptan la independencia de los Pueblos oprimidos cuando éstos la han conseguido ya, generalmente contra dichas Instituciones: Argelia, Biafra, Bangla Desh, Chechenia, Turkestán Oriental etc. no fueron los primeros ni serán los últimos. En abierta contradicción con sus propios Principios, Resoluciones y Normas, niegan la existencia de los Pueblos como el medio más radical de combatir su libertad y sus derechos; encubren y falsifican la realidad de las infracciones de los Poderosos; respaldan el Fascismo y el Terrorismo de Estado e incriminan toda oposición democrática – individual o colectiva – contra ellos; y utilizan la mentira y la falsificación como instrumentos de política internacional.

Limitarse a inhibirse o a gestionar la crisis, para evitar que suceda lo que ha ocurrido ya, no da otro resultado que el que tenemos. Las catástrofes internacionales, bélicas y humanitarias no se producen de la noche a la mañana: se incuban y preparan durante años y durante siglos de opresión, con la complicidad de los Gobiernos conservadores o revolucionarios; los cuales, mientras tanto, pregonan sin descanso que los problemas no existen, o que no existen ya desde que ellos y sus amigos tomaron el poder. Finalmente, a raíz de la crisis en Siria, la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha criticado fuertemente el Consejo de Seguridad por su incapacidad para prevenir los conflictos en el mundo:

“Prevenir conflictos es complejo, pero puede conseguirse. [...] Ninguna de estas crisis apareció sin previo aviso. Se construyeron durante años – a veces décadas – de agravios a los derechos humanos: gobernanza e instituciones judiciales deficientes o corruptas, discriminación y exclusión, desigualdades en el desarrollo, explotación y negación de los derechos económicos y sociales, y represión de la sociedad civil y de las libertades públicas.” (Ms. Navi Pillay, en su último Discurso al Consejo de Seguridad; Agosto 2014.)


He aquí otros agravios que Ms. Pillay no mencionó y que, sin duda alguna, los Miembros del Consejo de Seguridad habrían estado mucho menos dispuestos a escuchar sin ejercer su derecho de veto, porque denuncian directamente la estructura del imperialismo mundial causante de los desastres de la Humanidad, a saber: aplicación inmediata del principio de eficacia o efectividad, tal como es entendido por el imperialismo; “tendencia” al mantenimiento y protección del status quo imperialista; protección del hecho consumado; reserva selectiva – para los Estados reconocidos – de los derechos a la agresión y la guerra de conquista; sumisión de los Pueblos a los Gobiernos; prioridad de los intereses del Nacionalismo imperialista sobre los derechos humanos fundamentales; negación de los derechos de autodeterminación/independencia y de legítima defensa de todos los Pueblos; y – como medio más seguro de imponer todo ello – radical negación de los Pueblos y Estados ocupados y su reducción a la “unidad nacional” de los Estados ocupantes.

Todos ellos: instrumentos ideológico-políticos del imperialismo europeo (formulados por su escuela “clásica” de “derecho internacional” y generosamente apoyados por los representantes de la “izquierda” oficial), siguen presentes en el comportamiento de las Grandes Potencias y de sus protegidos y satélites, quienes nada tienen que temer de Instituciones represivas cuyas penas se reservan a los Débiles y los Vencidos. (Incidentalmente, el “principio de eficacia o efectividad” permite tantas interpretaciones como partes hay en un conflicto.)

En las relaciones internacionales todo se impone, se roba, se negocia, se vende y se compra: ya sea el reconocimiento o las licencias de caza y pesca. El reconocimiento de los Pueblos, los Estados y los Gobiernos se otorga a quien tiene, se supone que tiene o se pretende que tenga el poder: ya sea de inmediato o a corto plazo. En la práctica de la política internacional, el “reconocimiento constitutivo” se pretende que precede a la esencia y a la existencia, lo cual es absurdo, puesto que el reconocimiento es un acto discrecional. La “noción” misma de “reconocimiento constitutivo” es un equívoco o una contradicción en los términos. Su actual resurgir en la propaganda, la diplomacia y la política internacionales demuestra el retroceso del postulado Derecho Internacional de las NU, hacia el Nacionalismo imperialista elemental y sin disimulos que lo precedió y – a pesar de su pretensión de superarlo – lo transcendió.

(Para una mayor claridad, volvemos a reproducir aquí la exposición de este punto realizada en el anterior Capítulo XV El Imperialismo frente al Derecho Internacional’:

El reconocimiento es un acto declarativo, unilateral, libre, discrecional y facultativo. El “reconocimiento obligatorio” de los derechos, los Pueblos, las Naciones, los Estados o los estados de guerra, al igual que otras declaraciones y homologaciones, es un despropósito jurídico y lógico con fines puramente ideológicos de intoxicación y guerra psicológica. El reconocimiento no puede constituir la realidad.

En efecto: lo que no existe, no se puede reconocer; lo que se reconoce, existía ya con anterioridad y por tanto no se puede constituir. El reconocimiento puede constituir derechos, pero no los derechos que reconoce. Si los derechos dependieran de su reconocimiento para existir, entonces no habría derechos. La “obligación” de reconocer o de no reconocer – así como de hacer otras declaraciones, confesiones, manifestaciones y condenas obligatorias o forzadas – es un rodeo formalmente inútil, superfetatorio; aunque eventualmente pueda ser medio eficaz de publicidad, garantía, presión, intimidación o humillación. Tampoco la pretendida “sanación” o la “purga” de la ilegalidad mediante el reconocimiento tiene mayor sentido: el reconocimiento no sana ni purga el acto ilegal o el ilícito penal; simplemente lo hace legal cambiando una ley por otra. Las “declaraciones y reconocimientos constitutivos, obligatorios o prematuros de Pueblos, Naciones, rebeldes, insurrectos, beligerantes, Gobiernos o Estados” muestran la indeterminación, evolución y adaptación, las vacilaciones y los criterios, la apreciación e interpretación – interesadas y variables – de las situaciones, tal como son percibidas por las distintas partes en conflicto.)

El nuevo “derecho internacional” ve en el derecho de libertad nacional de los Pueblos sojuzgados su más indeseable perturbador. El mantenimiento a toda costa del status quo imperialista, el miedo a los precedentes, y la contención del Movimiento de Liberación Nacional son hoy líneas maestras de la política general de las Grandes Potencias y la Liga hegemónica; y estas líneas determinan su estrategia concreta y coordinada: tanto en Yugoslavia o Irlanda como en Chechenia o el Reino de Nabarra. Combatir, falsear y destruir teórica y prácticamente el principio y el derecho de libertad de los Pueblos en los territorios ocupados del País de los Vascos exige combatirlos, falsearlos y destruirlos también en todas partes donde se dé una agresión contra la libertad de los Pueblos.

Con el paso del tiempo y el cambio de constelación estratégica, los “Estados Miembros” de la ONU no se recatan ya en negar oficial y cada vez más abiertamente, cuando y donde les conviene, los derechos fundamentales que aceptaron en sus Tratados de Adhesión, asumiendo su papel como autores individuales y colectivos de los crímenes correspondientes. La ONU se sitúa con ello en la línea de los Estados criminales que la integran.

El ataque teórico y práctico al derecho fundamental e inherente de autodeterminación de todos los Pueblos, conquista de la lucha de los Pueblos por su libertad, es tarea central y permanente de la reacción imperialista que ha seguido a los acontecimientos de mayor transcendencia política desde la Segunda Guerra Mundial, a saber: las dos grandes olas de decolonización, y la finalización de la Guerra Fría y del duopolio nuclear en el mundo, subsiguiente al hundimiento de la Unión Soviética. Las Grandes Potencias dominantes, con el concurso de medianas y pequeñas, han visto llegado el momento de paralizar el progreso de tan problemático derecho, y tratan de frenarlo o invertirlo mediante su negación o reducción teóricas; buscando en la congelación del status quo imperialista de Estados y fronteras, o en su alteración discrecional en provecho propio, la solución a la inestabilidad y los conflictos que el propio imperialismo crea y difunde. A tal efecto, han propiciado, organizado e invocado las “tesis” de liquidación puestas a punto por los agentes ideológicos del Nacionalismo imperialista, a fin de arruinar el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos.

La reducción/negación del derecho de autodeterminación de los Pueblos es el gran fraude de la ONU, el mayor engaño del imperialismo a los Pueblos sojuzgados. El imperialismo institucional ha destruido así el contenido del derecho internacional de autodeterminación de todos los Pueblos. Ha falseado el derecho fundamental, común, inherente, inalienable, constituyente, unilateral, incondicional e inmediato de autodeterminación o independencia de todos los Pueblos, “convirtiéndolo” en derecho secundario, excepcional, constituido, otorgado, accesorio, subordinado, convencional, subsidiario, bi o multilateralmente acordado, condicionado y diferido; todo ello sobre la base de su dependencia del imperialismo y de la aceptación de su agresión, ocupación y colonización. Este sabotaje y falsificación de los términos y los conceptos cardinales en la lucha contra el imperialismo, urdidos para ocultar el verdadero contenido de la colaboración y la complicidad con el régimen fascista de ocupación militar, es parte de la liquidación ideológica y política de la estrategia de liberación de los Pueblos sojuzgados.

En cuanto a la organización regional de la “Unión Europea” y sus Estados Miembros: pretendida reserva “espiritual” de Occidente y de la nueva “dimensión humana” de la política y el derecho, éstos van más lejos todavía en la negación expresa del derecho de autodeterminación. Una negación formulada por sus “juristas” oficiales, defensores hipócritas de los derechos humanos, y agentes notorios del radicalismo Nacionalista-imperialista contra la libertad y el derecho de autodeterminación de los Pueblos.

Si, por un lado, la ONU mostró muy pronto su lado oscuro como fábrica de sueños, ilusiones, palabras vanas, falacias ideológicas y serviles complicidades, por su parte la Unión Imperialista Europea (UIE) combate por todos los medios a su alcance la libertad y el derecho de autodeterminación de los Pueblos. La UIE no ha traicionado a nadie y siempre ha sido lo que es: un mero instrumento del Nacionalismo imperialista y el Terrorismo de los Estados dominantes que la mantienen y gobiernan. Los Consejos, Tribunales y garantías de derechos humanos de la UIE son un insulto añadido para los Pueblos oprimidos y perseguidos por esos Estados criminales que ejercen la supremacía continental.

Comisiones y Tribunales: supuesta garantía de los derechos humanos, apoyan y aprueban el Imperialismo, la Violencia, la Represión y el Terrorismo de esos Estados criminales; y persiguen a los Pueblos que los padecen. La involución acelerada de las libertades y los derechos humanos a escala europea y planetaria, tras la finalización de la Guerra Fría, ha potenciado este proceso por efecto de la ofensiva totalitaria de los grandes Estados y sus satélites, que reservan los derechos humanos fundamentales para ellos mismos. La oposición Comunitaria contra la libertad y el derecho de autodeterminación de los Pueblos, y su apoyo total a la dominación y represión de esos Pueblos, reconducen la actitud de los Estados Miembros. (El proyecto de Constitución europea ignoraba incluso formalmente las Convenciones y Resoluciones sobre derechos humanos de las NU, que los Estados Miembros habían hipócritamente ratificado.)

Para los Estados de la UIE, que entre ellos mismos se reconocen, los Pueblos y las Naciones que tienen derecho de autodeterminación dentro de su propio ámbito de dominación son siempre y necesariamente los de ellos mismos y los de nadie más, pues justamente para ese propósito han pre-fabricado y designado los conceptos correspondientes. Para ellos, y en virtud de simples construcciones y definiciones decisorias que ellos mismos establecen, no hay más “naciones” que los Estados reconocidos, ni más “pueblos” que los constituidos por ellos; con lo cual el imperialismo, la irresuelta cuestión nacional, y el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos desaparecen del “privilegiado espacio europeo de libertad, seguridad y justicia”.

El apoyo a la consolidación del status quo imperialista sobre el Pueblo Vasco y a la preservación de la frontera franco-española, establecidos como un hecho intangible por las anexiones del imperialismo de la Muy-cristiana Francia y la Muy-católica España: pretendida “reserva moral de occidente”, ha condicionado fatalmente la negación – mantenida por los organismos euro-comunitarios – del derecho de autodeterminación y de legítima defensa de todos los Pueblos; con los bombardeos bajo las siglas del OTAN como suprema y “democrática” demostración. La UIE: Reserva Colonial de Occidente, ha contribuido así a consolidar entre el Rhin y Gibraltar lo que no acertó a conservar y bloquear plenamente en la débâcle del Este.

El imperialismo hispano-francés, que por causa del mantenimiento de sus criminales objetivos contra el Pueblo Vasco se ha revelado capaz de poner en ridículo ante el mundo entero incluso al Consejo de Seguridad de la ONU con su Resolución 1530 [11 de Marzo de 2004], adoptada a propuesta de España y de Francia para condenar al Eta por los atentados yihadistas de Madrid de aquel mismo día, envenena sin escrúpulos la política que imponen unas burocracias ajenas a todo control popular y al servicio de la reacción fascista mundial.

La negación del derecho de autodeterminación de todos los Pueblos pone en evidencia a la “Unión Europea” como bunker occidental del imperialismo, o como “corazón del colonialismo”, según la expresión acuñada por Países con amplia experiencia de la cuestión. Esa negación muestra la capacidad del Nacionalismo imperialista para destruir desde la raíz toda construcción democrática internacional, y para arruinar la convivencia pacífica entre los Pueblos, confortando en su lugar el imperialismo, el colonialismo y la ocupación militar sobre Países sojuzgados, la Violencia criminal, la Represión y el Terrorismo de Estado, y el odio entre las Naciones, con el Fascismo como resultado inevitable. El búnker imperialista de la “Unión Europea” encierra fatalmente en su “Constitución” formal, pero sobre todo en su constitución real, el virus de la opresión nacional, que ha terminado con tantas Uniones más fuertes que ella.

La desagregación de los Imperios ruso y yugoslavo fue para las Instituciones Comunitarias – que se presentan como modelo de derechos humanos – ocasión propicia para deshacerse del derecho de autodeterminación en general: falsificado, degradado y substituido por la norma del status quo y la congelación de los Estados imperiales y coloniales. Pero la retórica sobre la “dimensión humana”: desplegada en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa – con su Acta final de Helsinki de 1975, y la Carta de París de 1990, remedo europeo de la Carta de las NU – e incluso en la Convención Europea de Derechos Humanos, no engaña a nadie.

La tradición europea renacentista de manipulación ideológica de principios y leyes: realizada por especialistas a sueldo y al servicio de “Príncipes” y Gobiernos, se ha puesto nuevamente de manifiesto con ocasión de la Conferencia de Paz y la Comisión de Arbitraje de la crisis yugoslava. Incapaz de toda iniciativa, contribución o medida para resolverla, y siempre a remolque de los acontecimientos, la “Unión Europea” aprovechó en cambio la ocasión para lanzar un ataque al derecho de autodeterminación o independencia de todos los Pueblos.

La Conferencia de Paz sobre Yugoslavia, y su Comisión de Arbitraje (1991), fueron creadas por iniciativa francesa y según los intereses de los Gobiernos Occidentales directamente afectados por reivindicaciones nacionales en sus propias áreas de dominación. La opinión sobre la calificación del conflicto y la determinación de derechos quedó a cargo de un Comité de “expertos”: los Presidentes de los Tribunales Constitucionales españoles, franceses y belgas (“experimentados” en problemas nacionales), bajo la presidencia de un político Nacional-socialista francés, Robert Badinter, conocido por su posición ultra-Nacionalista y su negacionismo radical de la existencia misma de los Pueblos y Estados anexionados, y por tanto de sus derechos. Encomendar en tales manos el desarrollo teórico del derecho de autodeterminación de los Pueblos equivalía a pedir y adoptar la opinión de los cocodrilos sobre el derecho de autodeterminación de las gacelas. El objetivo real era lograr un subterfugio o una argucia para falsear y debilitar indirecta y fraudulentamente el derecho de autodeterminación o independencia de todos los Pueblos; estableciendo arteramente como derecho fundamental el status quo imperialista, en contra de la libertad y el derecho de autodeterminación de los Pueblos en general y de la realidad misma. Los comités y jueces de los Estados con problemas nacionales, encargados de la tarea de edictar el nuevo “derecho internacional”, contribuían así de urgencia a evitar la extensión al Oeste de la crisis y el proceso de liberación del Este europeo. (El Pueblo Vasco determina indirectamente la política de la UIE y sus Estados Miembros, en cualquier lugar donde se da un conflicto entre la libertad de los Pueblos y la dominación extranjera.)

El mencionado Comité de juristas-ideólogos opinó aquello para lo que fue encargado que debía opinar. De este modo, su pronunciamiento – convencional y arbitral – en favor de la congelación y conversión en fronteras nacionales de los límites administrativos impuestos por la ocupación militar y la colonización (límites constantemente revisados además en función de los respectivos avances y retrocesos militares sobre el terreno, y en virtud de una interesada y fraudulosa extrapolación – aplicada ahora a Europa – de la doctrina basada en el principio uti possidetis iuris, ita teneatis, esto es: “según el derecho con el que lo poseéis, así lo tendréis”), fue elevado, “salvo acuerdo en contrario”, a derecho fundamental de costumbre superior al derecho de autodeterminación de los Pueblos, rebajado a su vez a “derecho” subordinado. La vacuidad teórica de tal pronunciamiento no impidió que, a seguido, esa opinión del Comité arbitral se erigiera en una especie de dictamen supremo contra el derecho de autodeterminación. Habría sido más sencillo abolir abiertamente el derecho de autodeterminación de los Pueblos; pero la Europa de los derechos humanos no se atreve todavía a hacerlo.

La “Unión Europea” abandonaba y suplantaba así: expresa, subrepticia y arteramente a la vez, el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos, tantas veces formalmente proclamado, y una vez más lo sacrificaba a la salvaguarda de las fronteras impuestas por la ocupación y la colonización imperialistas. Era, de nuevo, la consagración del status quo imperialista, la substitución de los Pueblos por los Estados que los dominan, y finalmente la liquidación ideológica del derecho fundamental de autodeterminación o independencia de los Pueblos, sustituido por un dictamen convencional y arbitral convertido en pretendido derecho fundamental.

Por supuesto, la literatura socialista clásica había dejado a este respecto opiniones insoslayables:

“[...] La política de Marx y Engels sobre la cuestión irlandesa sirve como un espléndido ejemplo de la actitud que el proletariado de la nación opresora debería adoptar hacia los movimientos nacionales, un ejemplo que no ha perdido nada de su inmensa importancia práctica. Sirve como una advertencia contra esa “servil prisa” con la que los filisteos de todos los países, idiomas y colores se apresuran a etiquetar como ‘utópica’ la idea de alterar las fronteras de los Estados que fueron establecidos por la violencia y los privilegios de los terratenientes y la burguesía de una nación.” Etc. (V. Lenin; El Derecho de las Naciones a la Auto-Determinación, 1914.)

“[...] ¿Pueden los Social-Demócratas estar en contra de la violencia en general, podría preguntarse? Está claro que no. Esto significa que estamos contra las anexiones no porque constituyan una violencia, sino por alguna otra razón. Ni tampoco pueden los Social-Demócratas estar a favor del status quo. Por muchas vueltas que se le dé, no podréis escapar a esta conclusión: la anexión es una violación de la autodeterminación de una nación, es el establecimiento de las fronteras de un Estado en contra de la voluntad del pueblo.” Etc. (V. Lenin; Balance de la Discusión sobre la Auto-Determinación, 1916.)


El conflicto yugoslavo había dado ocasión a los “especialistas” franceses en derechos humanos para actualizar su dispositivo ideológico contra el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos, haciendo de este derecho, que es fundamental e inherente, un “derecho” condicionado y subsidiario. Los ideólogos españoles siguen en general a los franceses, en su cometido de justificar y sublimar su dominación Nacional-imperialista. El Gobierno del General Franco, del cual es continuación el vigente, adoptó en palabras – si bien oficialmente – la Carta de las Naciones Unidas y con ella el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos. Y en el proceso de adaptación del régimen del Segundo Franquismo a los “estándares democráticos occidentales”, el “Boletín Oficial del Estado” del 30 de Abril de 1977, o sea en vísperas de las “elecciones generales”, publicaba el “Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, hecho en Nueva York el 19 de Diciembre de 1966. JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA. Por cuanto el día 28 de septiembre de 1976, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Nueva York el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, [...], Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, [...] prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer quer se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, [...]. Dado en Madrid a trece de abril de mil novecientos setenta y siete. JUAN CARLOS. El Ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja Aguirre.” (BOE 1977 / 10733)

A continuación, se reproduce íntegro el mencionado Pacto Internacional, cuyo Artículo 1 (PARTE I) reza como sigue: “1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.” Etc. [UNGAR 2200 (1966)]

Sin embargo, el actual Primer Ministro Nacional-socialista español, Pedro Sánchez, ha afirmado que “el pretendido derecho de autodeterminación de todos los Pueblos no es un derecho sino un principio mítico e irreal, que obliga a los Estados totalitarios pero no a los democráticos”. A pesar de ello, éste es el adalid de “la democracia española” al que “los moderados y los radicales vascos” armados y desarmados, o sea, la burocracia mafiosa-liquidacionista Pnv-Eta y sus satélites Ea-Ehbildu-Sortu-Geroa bai etc., están condenados a apoyar, una vez que han admitido liquidar toda estrategia de afirmación nacional y estatal del Pueblo Vasco para integrarse en el imperialismo fascista español de ocupación militar que ellos, al igual que el actual régimen neo-Franquista, llaman a todas horas “la democracia española”. Un régimen dentro del cual ellos dicen que podrán sacar adelante sus fingidos fines de liberación del Pueblo Vasco del imperialismo franco-español que ocupa militarmente nuestro País. Ahora bien, nadie es tan tonto. Ciertamente su cretinismo es enorme, pero ocurre que su corrupción y su ruina intelectual y moral: impertérritamente mantenidos durante casi medio siglo ya, son aún mayores.

Respecto a los imperialistas españoles y franceses (y dejando aparte la funcional ignorancia – ya sea hipócrita o real – y el cinismo que según hemos visto no tienen ermpacho en mostrar), ellos pretenden, como es natural, que las ficciones y supercherías constructivistas afirmadas en su “Constitución” formal y secundaria: a la que presuntuosa y pedantemente denominan “Carta Magna”, consagran su impecable legitimidad. Sin embargo, ni esas burdas falsificaciones teóricas, ni los “consensos” mantenidos en torno a ellas por los partidos terroristas e imperialistas que las han proclamado y sostienen (partidos fascistas todos ellos – ya sea en la versión Franquista tradicional, o en la transitiva y Nacional-socialista o Nacional-comunista – que apoyan la ocupación militar de nuestro País y la llaman “democracia”), pueden ocultar que su Estado imperialista se ha construido en la realidad durante siglos mediante criminal agresión militar, ocupación armada y anexión contra el Estado legítimo del Pueblo Vasco, el Reino de Nabarra; ni pueden legitimar los subyacentes crímenes y el imperialismo, es decir, la constitución real y primaria, sobre los que esa “Constitución” formal y secundaria está fundada.

No es un delito, según ellos pretenden, sino un derecho fundamental de autodeterminación y legítima autodefensa, el luchar activa o pasivamente contra tal “Constitución”; en cambio, la infracción contra el derecho de autodeterminación o independencia de los Pueblos es un crimen de Derecho Internacional, implicado en los imprescriptibles crímenes de guerra, contra la Paz y contra la Humanidad cometidos en la empresa histórica de destrucción del Pueblo Vasco y su Estado por el imperialismo español y francés. Según la Ley Internacional no existe derecho de imperialismo: existe crimen de imperialismo, y es imprescriptible.

Como ya quedó explicado más arriba (ver el Capítulo XII ‘Derechos Humanos y Democracia’), el derecho de autodeterminación de todos los Pueblos no es propiamente compatible ni incompatible con la Democracia sino que la precede y constituye: sin Autodeterminación o Independencia de los Pueblos, no hay ni puede haber Democracia. Los Estados democráticos, allí donde realmente existen, y su Constitución – tanto real o primaria así como formal o secundaria – están establecidos/constituidos y conservados por la libre determinación  de los Pueblos; lo cual supone su independencia real y efectiva frente a cualquier forma de imperialismo u ocupación o amenaza de ocupación militar, esto es: el pleno respeto de su derecho internacional de independencia, libre disposición o autodeterminación de todos los Pueblos, que es el primero de los derechos humanos fundamentales y la condición previa de todos ellos. Los Estados democráticos nada tienen que temer de ese derecho sino todo lo contrario, puesto que el derecho de autodeterminación los constituye, legitima y refuerza. Cuando los Estados se declaran contrarios a él, como es el caso de los Estados imperialistas español y francés, declaran también con ello la realidad antidemocrática de su poder; así como la grosera y desvergonzada falsificación que ellos sostienen, al presentar los crímenes, el sojuzgamiento y la anexión de los Pueblos y Estados sobre los que ellos están constituidos como si se tratara de libre y democrática adhesión e integración.

En tales circunstancias, los representantes oficiales del Franquismo español – ya sea tradicional o Nacional-socialista/comunista – se pasean por Europa y, en los lugares mismos donde desarrollaron sus atrocidades los Tercios de Flandes (a los que nunca han repudiado y de los que se sienten orgullosos), con toda desvergüenza y sin temer ninguna respuesta se permiten solicitar el apoyo de Europa para su sistema que llaman “de integración”, es decir: de destrucción imperialista, totalitaria y fascista de los Pueblos sojuzgados que, no habiendo sido tan afortunados como otros que – con grandes sufrimientos – pudieron librarse de su yugo, aún permanecen bajo su opresión.

La Sociedad de Naciones (SN) sucumbió por su inherente y constitutiva incapacidad para incorporar u oponerse a las Grandes Potencias. Capaz de mantener “la paz y la seguridad” oponiéndose frente a algunos Estados menores, sin embargo no tenía interés ni capacidad para incorporar, retener u obligar a los mayores.

Si la SN fue incapaz de someter a sus normas a los grandes Estados, la ONU no lo ha intentado siquiera, y su Carta fundacional los excluye oficialmente y de antemano de las medidas efectivas del llamado Derecho Internacional. La Carta y las numerosas Resoluciones de la Asamblea General de la ONU han sido combatidas y falsificadas por todos los medios, y los propios órganos ejecutivos, administrativos y judiciales de la Organización no las han respetado ni aplicado nunca, fuera de los hechos consumados de la política internacional. La aceptada prohibición selectiva de las armas de destrucción masiva es en realidad el monopolio de la Violencia y el Terrorismo a gran escala mantenido por las Grandes Potencias y sus satélites o aliados. Los derechos de autodeterminación de los Pueblos y de independencia de los Estados desaparecen, substituidos por el status quo imperialista perpetuo, siempre revisable por la Potencia hegemónica en el marco de su “guerra contra el terrorismo”. Para la tradición liberal y democrática, los derechos humanos fundamentales eran una limitación previa y constitutiva del derecho positivo del Estado. Ahora, en cambio, el “terrorismo” y su represión son el límite de los derechos humanos fundamentales. (Véase nuestro artículo: ‘Violencia y Terrorismo’.)

El Imperialismo y el Fascismo dominan ya los mismos órganos legislativos, ejecutivos, administrativos, judiciales y consultivos de la ONU y la UE. Unos órganos que ignoran, falsifican e infringen su propia proclamada legalidad formal; que sirven sin reserva a la agresión, la guerra, la conquista, la ocupación, la dominación, el genocidio, el colonialismo, la represión, el Terrorismo y la propaganda de los Estados dominantes que les dictan la conducta a seguir y la propaganda a difundir; y que ponen sus recursos y sus funcionarios al servicio de la intoxicación y la mentira oficialmente proclamada como arma de propaganda en los conflictos internacionales.

El imperialismo es la causa fundamental de la ruina de los derechos humanos y la democracia en las instituciones nacionales e internacionales. Tras la Segunda Guerra Mundial, y desde la proclamación de la “democracia” en el Mundo Occidental (sin perjuicio de mantener al mismo tiempo el imperialismo), los Gobiernos y las Organizaciones Internacionales buscan y se atribuyen el apoyo popular; o, si no lo tienen, la mejor forma de pasarse sin él para imponer sus propias decisiones. La separación de poderes, y las relativas salvaguardas tradicionales en procedimientos judiciales y aplicación de derechos, devienen ficciones formales.

Cuando la voluntad y la resistencia espontánea de los Pueblos obstaculizan la acción gubernamental, dichos obstáculos se rodean y subsanan mediante el “consenso”; y en su defecto, el problema se remedia descendiendo en la escala de “delegaciones” orgánicas: desde el Pueblo al Parlamento, y después a las Comisiones y los Comités, al Gobierno, a la Judicatura, y a la vía administrativa. En la ONU, la Asamblea General se sustituye por las Comisiones, el Consejo de Seguridad, la Secretaría General, y la Administración, que obedecen al orden y a las órdenes de las cinco Potencias. En la UE, los Gobiernos de los Estados Miembros, lejos ya del control de los Pueblos, acumulan Consejos y Comisiones: nuevos aparatos administrativos más alejados y descontrolados todavía. El “Tratado Constitucional” europeo se somete a los referenda de los “Pueblos”; pero si éstos lo rechazan, se suprimen las consultas y se hace de todos modos lo que se quiere hacer. Es el único medio que tienen – aparte de las bombas del Nato – para imponer las normas continentales que ningún Pueblo quiere.

Según ha quedado indicado en el capítulo anterior, en el Derecho Internacional declarado por la ONU, el derecho de autodeterminación o independencia de todos los Pueblos no es el derecho a la autonomía, ni el derecho de federación o confederación, ni “el derecho a decidir”, ni el derecho a la secesión o separación, puesto que el País ocupado es Territorio distinto y no forma parte del Estado ocupante. Por ello al recobrar su independencia no se separa – no puede separarse – de un ente en el que nunca estuvo integrado.

Los textos normativos, legislativos o convencionales promulgados por la ONU o en el marco de ella no son precisamente – por motivos diversos – un modelo de corrección gramatical, estilo, precisión, sistemática, concisión y economía expositiva; pero, aun así, son lo suficientemente claros para quienes quieren entenderlos. No es el caso de los Estados Miembros, que sólo han visto en ellos – como en la Organización misma – un instrumento del que servirse en algunos casos y del que zafarse en otros, en provecho de su exclusivo y excluyente interés nacional. Ningún texto, por impecable que sea, disuadirá nunca de nada a los beneficiarios y secuaces del imperialismo y el fascismo, que invocarán o negarán lo mismo y lo contrario cuando y donde les convenga. El objetivo de los Estados imperialistas confrontados a la Ley Internacional no es someterse a ella sino interpretarla, falsificarla, modificarla, ocultarla o burlarla en su propio interés. No se trata de divergencias interpretativas. A los agentes del imperialismo “la debida interpretación” de los textos normativos les tiene sin cuidado; sólo les interesa lo que pueden sacar de ellos.

La mayor parte de las querellas y los procedimientos formales de Derecho Internacional, como los de derecho doméstico, se refieren a la información e interpretación de hechos y normas. La verdad de los hechos y su auténtica calificación legal no interesan a las partes implicadas, que tratan simplemente de utilizar o falsificar en su favor unos y otras. Si esto dejara de ser así, ciertamente la mayoría de los procesos de derecho no tendrían lugar; pero los individuos, y sobre todo las Naciones, buscan su propio interés sin preocuparse de las normas formales, que invocan en lo que les conviene, para ignorarlas y conculcarlas en lo que les perjudica. Sea cual sea el derecho concernido, sus actores son generalmente falsarios, mentirosos, tramposos y sin escrúpulos.

En la actualidad, la Potencia hegemónica y el resto de actores internacionales utilizan abierta, expresa y oficialmente la mentira, la difamación, la calumnia y la intoxicación ideológica como medios de propaganda política internacional: procedimientos que antes eran la especialidad de los Servicios Secretos y Diplomáticos, y estaban reservados a ellos. Indiferentes ante tan flagrantes recursos, la teoría y la práctica del Consejo de Seguridad y del Secretario General de la ONU confirman el actual predominio del cinismo sobre la hipocresía tradicional. Cuando el Gobierno de la Potencia hegemónica ha llegado a anunciar oficialmente urbi et orbi que decidirá unilateralmente del uso incontrolado e ilimitado de la violencia y la guerra, y que utilizará el espionaje y la mentira como medio ideológico cada vez que le convenga, nadie puede llamarse a engaño sobre la suerte que espera a la libertad de expresión y los derechos humanos fundamentales.

El Nacional-socialismo alemán y el Fascismo español han purgado, reocupado, remozado y restaurado las ruinas de las Internacionales Demócrata Cristiana y “socialista”. El nuevo Eje Berlín-París con extensión a Madrid regenta la UIE, imbricada en la nueva y trans-continental hegemonía norteamericana; con la represión de la libertad de los Pueblos como objetivo global fundamental: tanto en África, en Oriente Medio, en Chechenia, en Kurdistán, en Yugoslavia, o en el Reino de Nabarra del Occidente “euro-comunitario”, así como sobre Turquestán Oriental/Uyghurstan, Taiwan y Tíbet etc. en el Celeste Imperio.

El Nacional-socialismo alemán, que sus antiguos apologistas, cómplices y beneficiarios del Fascismo español o francés presentan ahora como abominable referencia, afirmó siempre que “es moral y legal lo que conviene al Pueblo alemán”. Con el mismo fundamento, pueden los servicios de propaganda franco-españoles ponderar su propio Nacionalismo, Imperialismo y Fascismo como formas superiores de moralidad y legalidad políticas. Y puede igualmente el nuevo intérprete, árbitro, dictador y profeta supremo de la moral y la legalidad universales proclamar – de hecho no se priva de hacerlo – que “los USA defienden en todo el mundo el Bien contra el Mal”, mediante la instauración de y el apoyo a los más reaccionarios poderes imperialistas y fascistas del planeta. Tan directa, sincera o cínica definición conviene perfectamente a la práctica política y a la ideología de la realidad; si bien se aviene mal con las necesidades de la ideología de la ilusión, esencial para adormecer a los Pueblos.

El recurso unilateral a la Violencia y el Terrorismo, como solución de todos los problemas a escala universal, sigue siendo la pauta de comportamiento de todas las Grandes Potencias. Con el nuevo orden universal hegemónico o imperial, la Violencia y el Terrorismo están más presentes que nunca como funciones constitutivas en la práctica de los Estados. El Terrorismo nuclear es el fundamento de la convivencia y el derecho internacional contemporáneos. El fin del duopolio atómico de las dos super Potencias no ha causado el fin de los conflictos sino la intensificación y la extensión de la presión, la opresión y la represión imperialista sobre los Pueblos.

Desde la Guerra Caliente o Fría y la paz de equilibrio, el Mundo ha pasado a una tentativa de paz hegemónica que se parece más a la “anarquía” o a la ley de la selva que a la paz del imperio; una tentativa a la que acompañan una economía de “crecimiento continuo y desarrollo sostenido”, o sea: de crisis continua e insostenible, de desastre ecológico, y de globalización y ruina de las relaciones estables, amigables y pacíficas entre los Pueblos. El reparto del mundo entre los grandes rivales planetarios se ha estabilizado relativa, provisional y precariamente con el consentimiento y el reconocimiento mutuo de las respectivas zonas de caza, explotación y dominación. Ello ha resultado en un Eje imperial y hegemónico mundial al que se encuentran ordenados, asociados, subordinados o infeudados los Estados “independientes” pequeños y medios. Finalmente, el status quo imperialista ha reemplazado al derecho de autodeterminación o independencia de los Pueblos, como postulada condición y fundamento precario del Derecho Internacional y de la paz mundial.

El idealismo de los Padres Fundadores se ha convertido rápidamente en hipocresía y reacción. El agregado de idealismo, ilusionismo, realismo y oportunismo, que suele caracterizar la primera etapa de las Organizaciones universales, ha dejado paso al “pragmatismo” estrecho y a corto plazo de la política de hechos consumados y status quo; y finalmente, a la descomposición, el descrédito y la corrupción que acompañan al fracaso de tan ambiciosas empresas. “Tristemente, en la nueva Ley de la ONU sobre Autodeterminación, el camino ha llevado ‘desde el entusiasmo a la impostura’.”

¡Edificante espectáculo, el que ofrece la ruina a la que la Potencia hegemónica y sus partenaires han llevado el Derecho Internacional! En estas circunstancias, o bien la hegemonía deviene Imperio, y el derecho positivo nacional interno de los USA se impone como “derecho internacional”; o, de otro modo, diversos protagonistas nacionales determinarán unilateralmente tanto sus propios “derechos” de imperialismo sobre otros más débiles así como su propio Terrorismo universal o local, como el Imperialismo nacionalista de Rusia está haciéndolo desde 2014 hasta el día de hoy con su agresión contra el Pueblo Ucraniano y su Estado. (Véase nuestro texto ‘Agudización de la actual crisis geo-política: agresión del Imperialismo Ruso contra el Pueblo y el Estado Ucranianos’, de fecha 25 de Febrero de 2022.)

En ambos casos, el “derecho internacional” es el Terrorismo internacional y universal propio del imperialismo; y es fomentado, propiciado y ejercitado por el insaciable ansia de poder de los grandes Estados imperialistas.


(De ‘Euskal Herria y el Reino de Nabarra, o el Pueblo Vasco y su Estado, frente al imperialismo franco-español’.)

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